Desde este martes, Migraciones deberá permitir citas presenciales para tramitar pasaportes tras fallo de Indecopi
El Indecopi declaró ilegal que el trámite de pasaporte se limite a la vía virtual y ordenó habilitar turnos presenciales en las oficinas de Migraciones.
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El Indecopi declaró como barrera burocrática ilegal la exigencia impuesta por el Ministerio del Interior de contar únicamente con una cita virtual para tramitar el Pasaporte Electrónico Ordinario.
Mediante la resolución N° 0146-2025/SEL-INDECOPI, emitida el 11 de abril, el colegiado resolvió que se vulnera el derecho de petición administrativa reconocido en el artículo 117 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444).
La decisión señala que, si bien las entidades públicas como Migraciones pueden usar sistemas de citas, no pueden restringir el acceso a un trámite exclusivamente a medios virtuales. “El uso de canales digitales debe mejorar el acceso y la inclusión, no convertirse en un obstáculo para los administrados”, indicó la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.
"No se ha considerado ilegal que Migraciones utilice un sistema de citas, ni que emplee una plataforma web para asignarlos. Lo que resulta incompatible con el derecho de petición es que esta sea la única vía disponible. Se ha tomado en cuenta que el uso de canales virtuales debe servir para ampliar la inclusión y mejorar el acceso a los servicios públicos y no debe implicar la exclusión de personas ni obstaculizar el ejercicio del derecho de petición, el cual debe garantizarse en todos los canales disponibles para el público", explicó el especialista en derecho migratorio Juan Valera.
En ese sentido, el Indecopi precisó que Migraciones debe ofrecer alternativas presenciales para la asignación de citas, permitiendo que las personas que acudan a sus oficinas puedan obtener un turno el mismo día, aunque el trámite del pasaporte se realice en una fecha posterior.
La medida busca garantizar que todos los ciudadanos, especialmente aquellos con dificultades para acceder a plataformas virtuales, puedan ejercer su derecho de iniciar procedimientos administrativos de manera efectiva.
"El razonamiento de la Sala es correcto, pues obtener una cita para la emisión del Pasaporte Electrónico Ordinario es casi imposible y hay muchos negocios paralelos que "agilizan" dicho trámite, con lo cual esta medida ayuda a combatir la corrupción y permite a los ciudadanos a tener una vía adicional para gestionar la obtención de dicho documento de viaje", anotó Valera.
Esta disposición será de carácter general, desde el día siguiente de publicada en el diario oficial El Peruano, es decir desde mañana martes 29 de abril. Además, se ha ordenado a las entidades emplazadas que cumplan con informar a la ciudadanía sobre esta disposición, para ello se les otorga el plazo de cinco días hábiles.
La asignación de la cita o turno (virtual o presencial) deberá realizarse el mismo día en que se solicite, aun cuando esté programada para una fecha futura, según la disponibilidad de turnos; de modo que la entidad debe garantizar que el ciudadano —ya sea en línea o presencial— obtenga una cita confirmada para un día y hora específicos, al momento de la solicitud.
La resolución fue firmada por Gilmer Ricardo Paredes Castro, presidente de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.