EsSalud pagará gastos de sepelio en 2025: estos son los requisitos y quiénes pueden recibir este apoyo económico en el Perú
El Seguro Social de Salud (EsSalud) en Perú ofrece una prestación económica por sepelio de hasta S/2.070 para cubrir gastos funerarios de asegurados fallecidos. La solicitud debe cumplir con requisitos específicos y plazos establecidos.
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El Seguro Social de Salud (EsSalud), entidad responsable de la seguridad social en Perú, ofrece atención integral a sus asegurados y sus beneficiarios. Entre los beneficios que otorga se encuentra el correspondiente a los gastos por sepelio, una prestación económica dirigida a la familia del afiliado fallecido para ayudar a cubrir los gastos funerarios.
Es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación requerida. Por ello, es fundamental que los beneficiarios estén informados sobre los procedimientos necesarios para hacer uso de este derecho de manera adecuada. A continuación, se detallan los aspectos clave de la prestación por sepelio en EsSalud.
¿Qué son los gastos por sepelio que otorga EsSalud en Perú?
Los gastos por sepelio que otorga EsSalud corresponden a una prestación económica destinada a cubrir los costos funerarios del asegurado fallecido. Este beneficio es otorgado siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la institución.
La ayuda económica cubre diversos servicios esenciales, que incluye el nicho o sepultura, cremación o entierro, ataúd, capilla ardiente, transporte del cuerpo, mortaja o traje para el difunto y la preparación del cadáver. El monto de la prestación varía según la categoría del asegurado y debe solicitarse dentro del plazo establecido por EsSalud, luego de presentar la documentación requerida.
Gastos por sepelio 2025 en EsSalud: ¿cuánto dinero entrega el Seguro Social de Salud del Perú?
El Seguro Social de Salud (EsSalud) otorga una prestación por sepelio de hasta S/2.070 por cada asegurado fallecido. Este monto está destinado a cubrir los gastos funerarios, siempre que se presenten los comprobantes originales correspondientes.
Cabe destacar que el beneficio no es un monto fijo entregado automáticamente, sino un reembolso basado en los gastos efectivamente realizados y acreditados. Por lo tanto, si los comprobantes de pago suman un monto inferior a S/2.070, EsSalud solo reconocerá el total justificado en la documentación presentada.
¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar los gastos por sepelio que ofrece EsSalud en 2025?
Para que se pueda solicitar el monto correspondiente a los gastos por sepelio de EsSalud, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- El asegurado debe haber registrado tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses previos a su fallecimiento.
- En el caso de los asegurados agrarios, se exige tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos de aportes dentro de los últimos 12 meses antes del deceso.
- El trabajador asegurado debe haber mantenido un vínculo laboral vigente al momento de su fallecimiento.
- Si el asegurado era pensionista, debía mantener su condición de pensionado al momento del deceso.
- La prestación por sepelio no aplica a los asegurados afiliados al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
Cumplir con estos requisitos es fundamental para que los familiares puedan acceder a esta ayuda económica y cubrir los gastos funerarios del asegurado.
¿Quiénes pueden solicitar los gastos por sepelio de EsSalud?
La prestación por sepelio está destinada a los familiares directos del asegurado fallecido, lo que brinda apoyo económico para cubrir los gastos funerarios en un momento difícil. Sin embargo, solo ciertas personas pueden acceder a este beneficio, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por EsSalud.
Los beneficiarios elegibles para solicitar la prestación son los siguientes:
- Cónyuge o concubino(a): en el caso de convivientes, el vínculo debe estar reconocido legalmente según la normativa vigente.
- Hijos(as) mayores de edad: pueden solicitar el beneficio si el asegurado fallecido no tenía cónyuge o concubino(a).
- Padre o madre del asegurado: en ausencia de cónyuge o hijos mayores de edad, los padres pueden acceder a la ayuda económica.
- Hermano(a) mayor de edad: solo podrá solicitar la prestación si no existen otros familiares con prioridad en la lista de beneficiarios.
Para acceder a este beneficio, los solicitantes deben cumplir con los requisitos exigidos por EsSalud, presentar la documentación necesaria y realizar el trámite dentro del plazo establecido.
¿Cómo solicitar el subsidio por sepelio en EsSalud este 2025?
Para solicitar la prestación por sepelio en EsSalud, es necesario acudir a una de sus oficinas y cumplir con una serie de requisitos. Este beneficio está destinado a cubrir los gastos funerarios de un asegurado fallecido, siempre que cumpla con las condiciones establecidas por la entidad.
- Acudir a una oficina de EsSalud: dirígete a la oficina más cercana del Seguro Social de Salud (EsSalud) para iniciar el trámite. Se recomienda verificar previamente el horario de atención y los requisitos específicos de la oficina a la que acudirás.
- Completar el Formulario 1040: este documento es fundamental para solicitar la prestación por sepelio. Debe ser llenado correctamente con la información del asegurado fallecido y del solicitante, quien deberá acreditar su vínculo con el fallecido.
- Presentar los comprobantes de pago de los gastos funerarios: se deben entregar los documentos originales que respalden los gastos efectuados durante el sepelio, como facturas o boletas de venta. El monto máximo reconocido por EsSalud para esta prestación es de S/2.070, por lo que los comprobantes no deben superar dicha cantidad.
- Revisión y evaluación de la documentación: una vez presentada la solicitud, EsSalud verificará que se cumplan los requisitos y que la documentación esté completa. Si todo está en orden, se procederá con la aprobación del beneficio.
Si gasto más de S/2.070 en gastos funerarios, ¿EsSalud puede compensar la diferencia?
La prestación por sepelio que brinda EsSalud contempla un monto máximo de cobertura fijado en S/ 2.070, el cual representa el límite económico que esta entidad estatal reconoce para subvencionar los gastos relacionados con el fallecimiento de un asegurado.
En caso de que los gastos funerarios superen dicho tope, la diferencia deberá ser asumida por los familiares u otra persona que haya afrontado los costos. Es decir, EsSalud no otorga ningún tipo de compensación adicional más allá de ese límite establecido, incluso si se presentan comprobantes que acrediten un desembolso mayor. Es importante tener en cuenta estas disposiciones para evitar confusiones.
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