Municipalidad de Lima declara intangible el Centro Histórico de la capital
La medida también señala que las licencias de funcionamiento vigentes para actividades de almacenamiento y depósito en edificaciones que no cumplan con la normativa serán revocadas.
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El Concejo Metropolitano de Lima ha aprobado una ordenanza que establece la intangibilidad del Centro Histórico de Lima para actividades de almacenamiento o depósito, con el propósito de salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos. Asimismo, la normativa prohíbe el comercio mayorista en todas sus modalidades dentro de esta zona.
Durante la sesión, presidida por el alcalde Rafael López Aliaga, la regidora Roxana Rocha Gallegos presentó la sustentación de la ordenanza. Explicó que, a partir de esta normativa, no se otorgarán licencias de edificación, funcionamiento, habilitación de servicios básicos ni ningún otro tipo de autorización municipal para inmuebles que sean utilizados de manera clandestina para almacenamiento y depósito. La Gerencia de Fiscalización y Control será la encargada de identificar y sancionar estas infracciones.

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Se establece que las licencias de funcionamiento vigentes para actividades de almacenamiento y depósito en edificaciones que no cumplan con la normativa serán revocadas. En estos casos, si se trata de construcciones que no cuentan con licencia de edificación, podrán ser clausuradas de manera definitiva.
Además, la norma estipula que cualquier acto de oposición, resistencia, impedimento u obstaculización a las labores de fiscalización municipal en establecimientos con licencia vigente constituirá motivo para la revocatoria inmediata de dicha autorización.
En cuanto a los responsables de estos establecimientos, ya sean personas naturales o jurídicas, se les impedirá solicitar una nueva licencia de funcionamiento en el Centro Histórico de Lima por un periodo de 12 meses, a partir de la imposición de la sanción. Asimismo, en caso de clausura del establecimiento, no podrán tramitar una nueva licencia para el mismo local en un plazo de seis meses.

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La ordenanza también establece que no se admitirán solicitudes de licencia de funcionamiento en edificaciones que no cumplan con las regulaciones vigentes. Solo se aceptarán trámites relacionados con la demolición, restitución o adecuación de estos inmuebles.
Durante la sustentación, se definieron las características de los almacenes, depósitos, el comercio mayorista y minorista, así como las edificaciones que se consideran antirreglamentarias, es decir, aquellas que han sido construidas sin licencia de edificación o autorización municipal.