Ollanta Humala ingresó al penal de Barbadillo y Nadine obtuvo asilo político en Brasil
El Tercer Juzgado Penal Colegiado sentenció a Ollanta Humala y Nadine Heredia a 15 años de prisión por lavado de activos, con ejecución inmediata. Humala fue detenido en la sede judicial y Nadine, que no asistió, solicitó y obtuvo asilo diplomático en Brasil.
El primer tiempo del partido terminó, como era previsible, con una condena. El Tercer Juzgado Penal Colegiado sentenció al expresidente Ollanta Humala y Nadine Heredia por lavado de activos con agravante de organización criminal a cumplir una pena de 15 años de prisión efectiva, cuyo cumplimiento se dispuso que sea inmediato, a partir de la fecha.
Una decisión que provocó la detención y traslado al penal de Barbadillo del ex presidente Ollanta Humala. Mientra, que se ordenó la inmediata búsqueda, ubicación y captura de la ex primera dama de la Nación, Nadine Heredia Alarcón, su hermano Paul Ilan Heredia Alarcón, condenado a 12 años de prisión, y de Mario Julio Torres Aliaga, ex contador del Partido Nacionalista Peruano, a ocho años de prisión.

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Horas después se conoció que Nadine Heredia ingresó a la embajada de Brasil en Lima, acompañada de su hijo menor donde solicitó asilo político. En horas de la noche, la Cancillería Peruana informó que Brasil otorgó asilo diplomático a Nadine Heredia y su hijo Samir, por lo que procedió a otorgarles el salvoconducto que les permita salir del país inmediatamente. Brasil facilitó un avión que les permitirá viajar en las siguientes horas.
El paradero de su hermano Ilan Heredia y Torres Aliaga es desconocido. Antonia Alarcón Cubas, Rocío del Carmen Calderón Vinatea y Eladio Mego Guevara fueron condenados a cinco años de prisión pero suspendida por el periodo de cuatro años, bajo el cumplimiento de normas de conducta, al considerarlos cómplices del lavado de activos.
De otro lado, el ex congresista Santiago Gastañadui Ramírez, Maribel Amelita Vela Arévalo y Carlos Arenas Gómez Sánchez fueron absueltos, al no encontrase vinculación con los hechos materia de la acusación y el juicio
El adelanto de la condena y la pena de prisión

Jueces Nayko Coronado, Mercedes Caballero y Max Vengoa
El Tercer Juzgado Penal Colegiado estuvo integrado por los jueces Mercedes Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias. Los mismos magistrados que por mayoría declararon la nulidad del juicio del caso Cócteles, tras una sentencia del TC que cuestionó la integridad de la acusación.
La lectura del adelanto de la sentencia estuvo a cargo de la doctora Nayko Coronado, quien se desempeñó como directora de debates en el juicio. El magistrado Max Vengoa emitió un voto en discordia respecto al marco probatorio de los fondos provenientes de Venezuela. Pero, coincidió respecto de Brasil y en las penas impuestas.
Los pormenores de la sentencia de manera integral recién se conocerán el 29 de abril próximo. Ese día los abogados de los condenados podrán apelar el veredicto para que sea revisado por la Sala Nacional de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada. Probablemente el caso puede llegar a la Corte Suprema.
El fiscal Germán Juárez Atoche también puede apelar. Juárez había pedido una condena de prisión efectiva de 20 años y 26 años para Humala y Nadine, respectivamente. Además, pedía la disolución del Partido Nacionalista Peruano, lo que fue rechazado por el tribunal. Para los jueces el mencionado partido político no fue creado para delinquir, sino que en el camino habría sido instrumentalizado por Humala y Heredia para lavar el dinero de origen ilícito que habrían recibido durante las campañas presidenciales.
Los jueces sólo aceptaron la disolución de la empresa Todo Graph que habría sido creada por Martín Belaunde y Jorge Chang Soto específicamente para lavar dinero de origen desconocido. El Partido Nacionalista Peruano recibió una multa de 100 UIT.
Los motivos de los jueces

Wilfredo Pedraza reclamó por la ejecución inmediata de la sentencia
La doctora Nayko Coronado explicó que llegaron a una decisión por indicios probatorios, a falta de pruebas directa de los hechos materia del juicio. En principio, estos indicios son la existencia de aportantes falsos en la campaña electoral del 2006 y luego de la campaña del 2011, lo que se establece a partir de los testimonios de los testigos presentados por la fiscalía.
Anotaron que los testigos permiten establecer que en la campaña del 2011, se recibieron fondos de origen desconocido por más de un millón y medio de soles. En tanto, en la campaña del 2011 aportes de origen desconocido por más de 4,3 millones de soles. Para los jueces la existencia de estos fondos de origen desconocido y el intento de ocultarlos, solo tiene una explicación posible: se sabía que eran ilícitos.
Igualmente, concluyeron que los contratos de trabajo que presentó Nadine Heredia con Apoyo Total, Palma Aceitera, The Daily Journal, Operadora Canal de Noticias, Kaysamak, Centros Capilares eran ficticios pues respondieron a un esquema donde Ilan Heredia ponía el dinero, desde las cuentas del Partido Nacionalista, y luego este retornaba a las cuentas de Nadine, vía los pagos de honorarios.

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A partir de lo cual se estableció que Ollanta Humala, Nadine Heredia, Paul Heredia y Mario Torres realizaron actos de lavado de activos, con la complicidad de Rocío Calderón, Antonia Alarcón y Eladio Mego. La forma en que cada uno habría participado en la comisión del delito se conocerá cuando se lea el íntegro del veredicto. La Sala pone en el centro de la organización a Nadine Heredia.
También se aceptó como prueba válida las agendas de Nadine al considerarse que no se probó que fueran robadas y que no afectan la intimidad pues eran utilizadas por diversas personas para realizar anotaciones. En tanto, se descartó que los acusados tuvieran desbalance patrimonial.
Sobre el origen ilícito del dinero de Venezuela, anotaron que la legislación peruana no requiere que exista corroboración de la actividad ilícita previa. Incluso, dijeron, puede tratarse de un delito que todavía no se conoce. Para las jueces Nayko Coronado y Mercedes Caballero, que sustentan el fallo en mayoría, es posible establecer que el dinero de Venezuela tiene un origen ilícito por el contexto político que se vive en dicho país.
Respecto del origen ilícito de los aportes provenientes de Brasil consideraron suficientes las declaraciones escritas de Jorge Barata y Marcelo Odebrecht sobre la existencia de una contabilidad paralela en la empresa Odebrecht y de una presunto pedido del ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva para que se entregue dinero al ex presidente Ollanta Humala el 2011. Barata y Odebrecht no declararon públicamente en el juicio.
Enfatizaron que si bien la defensa de Humala acreditó que la sentencia de Antonio Palocci fue anulada por la justicia de Brasil, esto no deja de lado la existencia de las actividades ilícitas de la constructora.
Un triunfo para la fiscalía

Fiscal coordinador del Equipo Lava Jato, Rafael Vela Barba
El fiscal Germán Juárez Atoche, a cargo de la investigación y la acusación, y el fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba, calificaron la decisión como una sentencia histórica que hace justicia y que demuestra que los fiscales no están realizando una persecución política.
“Este es el camino que va a marcar el derrotero para los otros casos, incluso hay un caso que se ha caído (el caso Cócteles), pero que no se ha perdido, y que estoy seguro va a tener las mismas consecuencias de esta sentencia condenatoria”, aseveró Juárez Atoche.

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“La consecuencia de esta sentencia en los casos futuros es clara: en el Perú, dentro de un debido proceso, no hay intocables. Las leyes son para todos, inclusive para un ex presidente constitucional de la República. Por eso nos atacan, por hacer nuestro trabajo, porque no nos hemos puesto de costado, porque siempre nos hemos enfrentado y nos hemos sometido a la justicia”, afirmó el fiscal coordinador.
Vela y Juárez se solidarizaron con el fiscal suspendido José Domingo Pérez, quien estuvo acompañándolos en su contacto con los periodistas. La fiscalía indicó que aceptaba la decisión de los jueces aunque no les hubiera dado la razón en todos los puntos de la acusación.
Un atropello y apelarán la condena
Wilfredo Pedraza y Julio César Espinoza, abogados de Ollanta Humala y Nadine Heredia consideraron injusto y abusivo que el tribunal haya dispuesto la ejecución inmediata de la sentencia. Señalaron que existe una sentencia del Tribunal Constitucional que indica que no se puede disponer la ejecución inmediata de una sentencia incompleta, que es lo que se produce durante un adelanto del fallo. Ambos anunciaron que apelarán.
"La ejecución inmediata de una sentencia penal sólo puede realizarse después de leído íntegramente el fallo. El adelanto de fallo transgrede claramente el mandato del Tribunal Constitucional. Entonces, ordenar la ejecución de una pena que además debe ser revisada en segunda instancia y cuyos fundamentos específicos no conocemos, es inconstitucional", afirmó Julio César Espinoza.
“El señor Humala está impresionado por esta decisión. En nuestros cálculos y proyecciones, habíamos descartado una ejecución inmediata, principalmente, porque es de dominio de la comunidad jurídica que las sentencias solo deben, razonablemente, cumplirse después de ser confirmadas en segunda instancia, porque así lo dispone el TC. Lo ocurrido hoy nos parece un atropello", afirmó Pedraza
Nadine obtiene asilo político en Brasil

Nadine Heredia recibió asilo diplomático en Brasil, junto al menor de sus hijos
Poco antes que el Tercer Juzgado Penal Colegiado concluya la lectura de la sentencia, Nadine Heredia, acompañada del menor de sus hijos, ingresó a la Embajada de Brasil en Lima y solicitó asilo político al presidente Luiz Inácio Lula da Silva.
En la noche, la Cancillería comunicó que el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte concedió un salvoconducto diplomático que le permite salir del país, acompañada de su hijo, a Brasil. La nota de prensa precisa que Brasil accedió a conceder asilo a Nadine Heredi y su hijo y solicitó que en el marco de la Convención sobre Asilo Diplomático se les permita salir del país. El gobierno procedió a otorgarles los salvoconductos para poder salir del país sin que la policía lo pueda impedir.

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Nadine Heredia saldría del país inmediatamente. El Perú y el Gobierno de Brasil gestionaron un vuelo que permití a la ex primera dama de la nación viajar desde Lima a alguna ciudad de Brasil, donde permanecerá como refugiada política.
El abogado Carlos Caro Coria explicó que, si bien la Convención sobre Asilo Diplomático excluye los delitos comunes, corresponde a Brasil determinar si Nadine Heredia es objeto de una persecución política. Sobre la sentencia condenatoria, Caro consideró que hay que esperar el fallo integró para conocer el razonamiento de los jueces.
"La suficiencia probatoria respecto del delito previo, de momento muy general o vaga respecto de 2006. La duda mayor, de momento, estriba en el modo como Ollanta Humala y Nadine Heredia "lavaron dinero", considerando que los actos de consumo no configuran lavado de activos, como regla general. El conocimiento del origen ilícito, algo no tratado en el adelanto de fallo, pero determinante porque en Perú sólo se sanciona el lavado doloso, el culposo es impune", explicó en redes sociales.