Proyecto del Congreso propone el acceso gratuito al agua en establecimientos comerciales: ¿qué lugares deberán seguir la norma?
Un Proyecto de Ley presentado en el Congreso de la República de Perú busca que diversos establecimientos comerciales y entidades públicas garanticen el acceso gratuito al agua potable purificada y/o filtrada para toda persona que lo solicite.
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En un esfuerzo por garantizar el derecho al acceso al agua potable en el Perú, el congresista Wilson Soto, ex presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, presentó un Proyecto de Ley que podría cambiar la dinámica en restaurantes, hoteles, aeropuertos y otros espacios comerciales. La iniciativa, que se discute en el Congreso de la República, plantea que estos establecimientos brinden agua purificada sin ningún costo a quienes lo soliciten.
Proyecto de Ley propone acceso al agua gratis en establecimientos comerciales
El Proyecto de Ley impulsado por el congresista Wilson Soto establece que todos los establecimientos de hospedaje, alimentación y otros espacios públicos deberán proporcionar agua potable purificada y/o filtrada sin costo alguno para los consumidores.
La propuesta también exige que los establecimientos contemplados en la norma coloquen avisos visibles para informar a los clientes sobre la disponibilidad de agua potable gratuita. Con esta medida, se espera fomentar una cultura de acceso libre a este recurso, evitando que los consumidores deban pagar por un bien que, según organismos internacionales, debe considerarse de acceso universal.

Ley obligaría a establecimientos a ofrecer agua potable purificada y/o filtrada sin costo alguno.Foto: iStock.
¿Qué lugares tendrían que brindar agua gratis?
De ser aprobada por el Congreso de la República, la norma alcanzaría a diversos establecimientos comerciales y públicos en todo el territorio peruano. Según el Proyecto de Ley, los siguientes lugares estarían obligados a ofrecer agua potable gratuita a toda persona que la solicite:
- Hoteles, hostales y otros establecimientos de hospedaje.
- Restaurantes, cafeterías, bares y sangucherías.
- Centros comerciales y mercados.
- Bancos y otras entidades financieras.
- Terminales terrestres, aeropuertos y estaciones de transporte fluvial y lacustre.
- Oficinas de entidades públicas como Reniec, Sunat y el Banco de la Nación.

La medida comprende, además de a restaurantes y centros comerciales, a bancos. Foto: Andina.
¿Quién fiscalizaría que se cumpla la norma?
Para garantizar la correcta aplicación de la medida, el Proyecto de Ley establece que la fiscalización estará a cargo de las municipalidades provinciales y distritales. Estas instituciones tendrán la responsabilidad de supervisar que los establecimientos cumplan con la disposición y de aplicar sanciones a quienes incumplan la norma.
Además, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) también tendrá un rol clave en la vigilancia de la norma. Como entidad encargada de velar por los derechos de los consumidores, podrá recibir denuncias y aplicar sanciones conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor.