¿Cuáles son los requisitos para solicitar el registro del servicio de delivery en Perú?
Desde el 17 de mayo, será obligatorio que todas las personas que trabajan como repartidores se registren en el Registro Nacional de Prestadores. Para completar este trámite, deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) implementó una nueva normativa dirigida a las personas que operan motocicletas, especialmente aquellas que brindan servicios de reparto a domicilio. Esta disposición establece la creación de un registro obligatorio y contempla sanciones severas, como multas de hasta S/4.280, equivalente al 0,8 de una UIT, además del decomiso del vehículo en caso de incumplimiento.
El objetivo principal de esta medida es formalizar la actividad de reparto y reforzar la seguridad en el transporte de encomiendas en todo el país.

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Conforme al Decreto Supremo N.º 006-2025-MTC, a partir del 17 de mayo será indispensable que todos los trabajadores, ya sean nacionales o extranjeros, que deseen desempeñarse en el servicio de delivery, se inscriban en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.
Para completar el proceso de inscripción, se deberá presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI), carné de extranjería o el Registro Único de Contribuyentes (RUC), asegurando que los conductores cumplan con los requisitos legales para operar en este rubro de manera formal y segura.
Requisitos para solicitar el registro del servicio de delivery en Perú
Las personas que deseen obtener una autorización para prestar el servicio de delivery deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Solicitud con Declaración Jurada dirigida a la autoridad competente, que incluya:
Nombre o razón social.
DNI, carné de extranjería o RUC.
Domicilio y correo electrónico.
(Si aplica) Datos del representante legal y su inscripción registral.
Datos de los conductores (nombre, DNI/carné, licencia), si corresponde.
Placas de los vehículos a habilitar y declaración de que cumplen con el reglamento.
SOAT y revisión técnica vigentes, si corresponde.
Número de operación de pago por derecho de trámite. - Contrato de arrendamiento, si no es propietario del vehículo, indicando que se usará para reparto. La municipalidad verificará la titularidad del arrendador en SUNARP.
- Declaración Jurada de compromiso de cumplir con las condiciones del artículo 45-A.