Prohíben llamadas spam en Perú, pero empresas podrían seguir llamando a los usuarios solo una vez bajo esta única condición
El nuevo reglamento sobre datos personales introduce excepciones a la prohibición de llamadas comerciales y redefine las obligaciones de empresas y consumidores en Perú.
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Desde el 31 de marzo, entró en vigencia el nuevo reglamento de la Ley N.º 29733, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 016-2024 por el Ministerio de Justicia. Este reglamento regula el tratamiento de datos personales en el Perú y establece una nueva disposición sobre comunicaciones con fines publicitarios. Aunque se planteó como una medida para restringir las llamadas comerciales no solicitadas, el nuevo marco legal permite un primer contacto telefónico para obtener el consentimiento del usuario.
La modificación ha generado críticas entre especialistas en defensa del consumidor, quienes alertan que esta práctica podría oficializar las llamadas spam. La norma establece que solo si el usuario otorga su consentimiento explícito, podrá recibir llamadas posteriores con fines publicitarios.
Prohíben llamadas spam en Perú: este es el único caso en que las empresas de callcenter podrán contactarse con los usuarios
El artículo 26 del nuevo reglamento establece que las empresas pueden realizar un único contacto telefónico para solicitar el consentimiento del usuario y así incluirlo en sus listas de publicidad. Si el ciudadano acepta, se permite la comunicación posterior. En caso de no responder o rechazar el contacto, la empresa deberá abstenerse de volver a llamar.
Este primer contacto, sin embargo, puede ser realizado desde distintas líneas telefónicas, lo que ha despertado preocupación por una posible reiteración de llamadas. Las críticas apuntan a que, en lugar de eliminar el spam, se estaría regulando su persistencia.

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Ley N.º 29733 que prohíbe llamadas spam: esto dice el Código de Protección y Defensa del Consumidor sobre llamadas no solicitadas
El Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíbe expresamente las llamadas publicitarias no solicitadas, salvo que el usuario las haya autorizado previamente de forma libre, informada y expresa. Esta disposición busca preservar la privacidad de las personas ante acciones de marketing directo no deseadas.
En contraste con la nueva normativa, la autógrafa de ley aprobada por el Congreso en 2024 prohibía cualquier forma de contacto no solicitado, sin excepciones. Sin embargo, esta fue observada por el Poder Ejecutivo, que argumentó que la regulación actual ya garantizaba protección suficiente.
Multas y sanciones por incumplimiento de la normativa sobre comunicaciones no solicitadas
El reglamento establece que las empresas que no respeten la negativa del consumidor podrán ser sancionadas con multas que oscilan entre 5 UIT (S/26.750) y 50 UIT (S/267.500), según la gravedad de la infracción. Las sanciones son impuestas por la Dirección de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia.
Por otro lado, la ley observada por el Ejecutivo y aprobada por el Congreso proponía calificar estas infracciones como muy graves, con multas de hasta 450 UIT (S/2 millones 317.500). Además, planteaba la obligación de usar numeración telefónica diferenciada para llamadas comerciales. La propuesta fue rechazada, por lo que se mantiene la regulación actual, donde los usuarios deben registrar su negativa y asumir el proceso de denuncia en caso de incumplimiento.
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