La edad máxima para trabajar en el sector público en Perú cambió en 2025: esto es lo que necesitas saber
Desde enero de 2025 rige una normativa que fija un límite de edad para laborar en el Estado, acompañada de nuevos criterios para licencias laborales y cálculo de la compensación por servicios.
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A partir del 2025, los trabajadores del sector público en Perú estarán sujetos a una nueva normativa que estandariza la edad máxima para continuar en funciones. Esta medida fue oficializada mediante la Ley N.º 32199, con el fin de regular de manera uniforme el retiro laboral en las entidades estatales y evitar criterios dispares entre instituciones.
La disposición legal no solo establece el límite de edad para el cese, sino que también introduce cambios en el régimen de licencias sin goce de haber y en la compensación por tiempo de servicios (CTS), abarcando un conjunto de condiciones laborales dirigidas a quienes se encuentran bajo un régimen específico de contratación.
Ley N.º 32199: edad tope para seguir laborando en el sector público y desde cuándo se aplica esta disposición en Perú
La normativa vigente desde enero de 2025 fija que los servidores públicos bajo el Decreto Legislativo N.º 276 deberán cesar al cumplir los 70 años. El cese será efectivo al finalizar el año calendario en el que el trabajador alcance dicha edad. Esta regla aplica sin distinción en todas las entidades estatales, siendo responsabilidad de cada institución ejecutar los procedimientos administrativos correspondientes.
El objetivo de esta medida es garantizar un trato homogéneo entre los servidores del Estado, estableciendo un estándar que evite discrepancias entre sectores o entidades que anteriormente aplicaban criterios propios respecto a la edad de retiro.

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Modificaciones laborales vigentes en 2025: límites a las licencias sin goce de haber y nueva fórmula para calcular la CTS
La Ley N.º 32199 también determina que las licencias sin goce de haber podrán ser solicitadas por un máximo de tres años dentro de un periodo de cinco años, ya sea de forma continua o discontinua. Esta modificación busca evitar la extensión indefinida de ausencias laborales en el sector público.
Respecto a la CTS, la norma establece que el monto a pagar será equivalente al 100% del salario mensual por cada año completo de trabajo, o por fracciones superiores a seis meses. Esta nueva forma de cálculo se aplicará de manera uniforme para todos los trabajadores comprendidos bajo el régimen mencionado.
Qué entidades y trabajadores están sujetos al nuevo retiro obligatorio por edad según el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276
La disposición aplica exclusivamente al personal contratado bajo el Decreto Legislativo N.º 276, que abarca a trabajadores nombrados en instituciones del Estado. Quedan comprendidos aquellos que laboran en entidades públicas de los distintos niveles de gobierno, incluidas las dependencias administrativas del Gobierno Central, regionales y locales.
Cada institución pública está obligada a implementar los lineamientos establecidos en la ley para cumplir con el retiro de personal al alcanzar el límite de edad, evitando irregularidades y asegurando la adecuada gestión del recurso humano en el sector público.
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