Áncash: sentencian a 2 trabajadores de empresa de transportes por discriminar a niño autista
Es la primera condena por ese delito. Jhon Carrillo y Jhoselyn Cerca fueron condenados a más de dos años de prisión suspendida. ET Costeño Express había sido multada con caso 200 mil soles.
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El Poder Judicial sentenció a dos trabajadores de la empresa de transportes Costeño Express por discriminación hacia un menor con trastorno del espectro autista (TEA), quienes se negaron a venderle pasaje de autobús debido a su condición, en un hecho considerado "intolerable".
Y es que estas empresas de servicio interprovincial tienen el deber de ser inclusivas a todos sus pasajeros, sin distinciones. “No es tolerable que episodios como este sucedan a personas, independientemente de su condición", sostuvo un representante de la Fiscalía Supranacional de Derechos Humanos e Interculturalidad del Santa (Áncash).
Se trata de la primera condena por este delito obtenido por dicho distrito fiscal.
De este modo, el Poder Judicial impuso una pena de prisión suspendida de 2 años y 8 meses para Jhon Tomás Carrillo Martínez y 2 años y cuatro meses para Jhoselyn Cerna Alba.
La fiscal Ada Príncipe Asencios demostró la responsabilidad de ambos sentenciados que ahora deberán pagar, además, 3 mil soles como reparación civil.
Con ello se hace justicia a los agraviados por discriminación en un histórico fallo logrado contra una empresa de transporte interprovincial.
La historia de este caso se inició el 1 de agosto de 2023, cuando Marisol Alvarado se acercó junto a su hijo autista al counter de la empresa Costeño Express, en el terminal terrestre El Chimbador, en la ciudad de Chimbote, para comprar dos pasajes con destino a Lima.
Con algo de prisa, ella presentó su documento y el de su hijo para adquirir boletos, pues en esos momentos había cinco asientos disponibles. Sin embargo, le rechazaron al percatarse que su hijo tenía la condición de trastorno del espectro autista (TEA).
“Mi niño es autista, no habla, su modo de comunicación a veces es jalándome para decirme algo. El terminal estaba lleno y mi hijo empezó a jalarme para decirme que ya el bus se iba, su angustia era que me apurara, esto vio la señorita de los boletos y el otro trabajador, hablaron entre ellos mirándonos para luego devolverme los DNI diciéndome que no me podían vender los pasajes por la ‘enfermedad’ de mi hijo”, relató muy dolida.

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Para el Ministerio Público y el Poder Judicial se trata de un claro caso de discriminación.
“Me causó bastante indignación y empecé a grabar y reclamar porque no le podían vender pasajes a la señora (denunciante), y el señor dijo que no le podía vender pasajes porque su hijo era enfermo e iba a causar bulla y no iba a dejar viajar tranquilo a los pasajeros”, declaró la testigo Gloria Judith Trebejo Rivera ante la fiscalía.
En octubre del año pasado, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi, sede Chimbote, ya había sancionado, en primera instancia a la empresa de transportes interprovincial Costeño Express por este caso de discriminación y sanción impuesta fue de 35.76 UIT, equivalente a 184 mil 164 soles.
La comisión determinó que el proveedor vulneró el artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor el mismo que indica que los proveedores están prohibidos de establecer discriminación alguna respecto de los solicitantes de los productos y servicios que ofrecen, así como de realizar selección de clientela, excluir a personas o realizar otras prácticas similares, sin que medien causas de seguridad del establecimiento, tranquilidad de sus clientes u otras razones objetivas y justificadas.