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Sociedad

Indecopi exige a colegios privados respetar ley y otorgar becas a estudiantes en orfandad

Advirtió que planteles pueden ser sancionados si incumplen con dar este beneficio a los escolares que perdieron a sus padres o tutores.

Colegios no deben negarse a dar becas a alumnos en orfandad.
Colegios no deben negarse a dar becas a alumnos en orfandad.

Los estudiantes que han perdido a sus padres, o apoderados responsables de su sustento, deben recibir becas integrales en la educación básica regular, informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el cual solicitó a los colegios privados cumplir lo dispuesto por la Ley n° 23585.

La citada norma señala que estos escolares deben recibir una beca integral en caso de muerte, inhabilitación física o mental permanente, o internamiento por sentencia judicial del padre o tutor. De esta manera, se les exonera de pago de matrícula, pensiones, exámenes, certificados de estudios y otros gastos. “Se tiene que acreditar el fallecimiento del padre o apoderado y demostrar que el alumno no cuenta con los recursos para pagar sus pensiones”, afirmó el Indecopi.

La institución manifestó que, de incumplir con esta medida, los colegios particulares pueden ser sancionados. Por ejemplo, en el 2024, la Sala Especializada en Protección al Consumidor determinó en segunda y última instancia que la escuela Cambridge College Lima SAC no brindó la beca a dos de sus estudiantes, cuyo padre había fallecido. Así, se ordenó al plantel no solo dar este beneficio sino también devolver a la madre las pensiones pagadas tras el deceso de su esposo.

El Indecopi aclaró que la beca podría ser suspendida por bajo rendimiento o mala conducta del alumno y se perderá definitivamente en caso de expulsión.

Para recoger quejas, el Indecopi puso a disposición el correo: sacreclamo@indecopi.gob.pe, el canal Reclama Virtual; así como los teléfonos: 224-7777 en Lima y 0800-4-4040 en provincias.