Política

Pescadores destacan promulgación del reglamento de la Ley N° 31749 de la Pesca Artesanal

La norma ratifica la prohibición de la pesca industrial y el uso de artes de pesca dañinas en las 5 millas marinas, una zona crucial para la pesca artesanal y la biodiversidad. PRODUCE tardó más de año y medio en emitir el reglamento. Pescadores celebran, pero aún no bajan la guardia.

Las organizaciones de pescadores artesanales tuvieron que esperar más de año y medio para que PRODUCE emitiera el reglamento a la Ley N°31749. Foto: La República
Las organizaciones de pescadores artesanales tuvieron que esperar más de año y medio para que PRODUCE emitiera el reglamento a la Ley N°31749. Foto: La República

Dirigentes y agremiados de organizaciones de trabajadores del mar, como la Macro Sur de la Pesca Artesanal, que representa a pescadores de Arequipa, Moquegua y Tacna, resaltaron que finalmente el Ministerio de la Producción (PRODUCE) haya promulgado el reglamento de la Ley N° 31749 de la Pesca Artesanal y Ancestral.

La norma es resultado del consenso entre diversas fuerzas políticas y gremios representativos de todo el país y autoridades, y establece una clara distinción entre la pesca artesanal y la de menor escala, reconociendo el predominio del trabajo manual en la primera y el uso de equipos mecanizados en la segunda.

La ley también reconoce y valora el trabajo de los pescadores ancestrales y artesanales que utilizan artes de pesca selectivos, respetuosos con el ecosistema marino.

“El reglamento impactará positivamente en la pesca netamente artesanal, una actividad milenaria y ancestral, porque representa un avance importante en la preservación y en la recuperación de los recursos hidrobiológicos. La norma es un reconocimiento de la flota artesanal e indica que las embarcaciones de cerco ya no van a poder trabajar en la orilla”, señaló Wilber Isaac Tapia, delegado del Sindicato Único de Pescadores Artesanales y Buzos Civiles del Puerto de Ilo (SUPABCPI).

Ministerio de la Producción | PRODUCE | Poder Judicial | Instituto del Mar del Perú | IMARPE | Congreso de la República del Perú

El reglamento ratifica la prohibición de la actividad extractiva pesquera de mayor escala dentro de las cinco millas. Foto: La República

Impacto en positivo

“Esta ha sido una lucha extenuante por un justo derecho. Si bien queríamos que se imponga la prohibición del uso del cerco mecanizado dentro de las 5 millas, y sin embargo se ha establecido que sean 3 millas, se trata de un logro muy relevante porque se ha reiterado que dentro de las 5 millas no se admiten actividades extractivas de mayor escala. Esta medida es vital para promover la preservación de las especies”, añadió Tapia.

La tardanza de la promulgación del reglamento generó gran malestar entre los pescadores artesanales, quienes temían que la ley termine en letra muerta, como otras normas.

Ante la demora burocrática de PRODUCE, el dirigente de la Red de Pesquería Artesanal Sostenible, Henry Palma, interpuso una acción de cumplimiento ante el Poder Judicial.

En enero de este año, el Poder Judicial falló a favor de Palma, ordenando a PRODUCE la publicación inmediata del reglamento, lo que marcó un precedente importante en la defensa de los derechos de los pescadores y la promulgación del reglamento.

“Después de año y medio el PRODUCE publica el reglamento a la Ley N°31749, lo que significa tres cosas de importancia: primero, cumple con un mandato dado por la Ley General de Pesca: segundo, realiza un ordenamiento pesquero en el interior de las primeras millas marinas: y, tercero, sincera la clasificación de la flota pesquera artesanal y de menor escala. Ya la Ley General de Pesca establece que las embarcaciones que emplean las redes de cerco mecanizado deben de pescar fuera de las tres millas marinas. Lo que ha hecho este reglamento es definir, desarrollar los aspectos técnicos sobre qué se entiende por cerco mecanizado”, explicó el abogado experto en legislación sobre la pesca, Percy Grández Barrón.

Puntos a favor

“En esta área existen hábitats esenciales que permiten la reproducción, desove, crianza y el reclutamiento de especies costeras de importancia comercial. Por eso su protección es indispensable. De hecho, en 2014 el Instituto del Mar del Perú efectuó estudios sobre el cerco mecanizado en la zona norte del Perú y concluyó que su empleo en las primeras millas es negativo. Pues, se trata de artes de pesca destructivas para las primeras millas marinas”, apuntó Percy Grández.

Medidas más resaltantes del nuevo reglamento

Según PRODUCE, el citado Decreto Supremo impactará positivamente en el bienestar económico de más de 80,000 pescadores y sus familias, en la medida que, entre otros, regula 4 aspectos claves:

1) Se da contenido al concepto de “predominio de trabajo manual” como elemento fundamental para diferenciar a la pesca artesanal.
2) Se delimita los actores que tendrán “exclusividad dentro de las tres” primeras millas marinas.
3) Se define que las primeras 5 millas marinas serán consideradas como la “Zona de protección de flora y fauna”, en la que no se podrá emplear artes de pesca prohibidos para dicha zona.
4) Se ratifica que dentro de las cinco millas marinas no está permitida la actividad extractiva de mayor escala.

Extraña intervención

A pocos días de haberse promulgado el esperado reglamento, la congresista Lady Camones publicó en sus cuentas de redes sociales que “la Junta de Portavoces aprobó la inclusión de nuestro Proyecto de Ley 6862/2023-CR que modifica la Ley General de Pesca y la Ley 31749”.

Esto ha generado gran preocupación entre los pescadores artesanales consultados, pues consideran que esto podría poner en riesgo lo avanzado. Esto se discutirá este jueves 6 de marzo, por lo que los trabajadores del mar han manifestado que estarán atentos a los posibles intentos por modificar la ley.