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Política

Peritos no hallaron desbalance patrimonial en el caso de la UAP

Conclusiones. En lo que representa un giro en el proceso, el reporte pericial señala que se detectó un “desequilibrio patrimonial”, que no representa un delito sino una anomalía.

Decisión. El fiscal Wilson Salazar pidió al juez la incautación de los bienes de la UAP por desbalance patrimonial, pero peritaje fiscal lo que encontró fue desequilibrio patrimonial, que es diferente. Foto: difusión
Decisión. El fiscal Wilson Salazar pidió al juez la incautación de los bienes de la UAP por desbalance patrimonial, pero peritaje fiscal lo que encontró fue desequilibrio patrimonial, que es diferente. Foto: difusión

La Oficina de Peritajes Forenses del Ministerio Público comunicó a la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Lavado de Activos que en el caso que se sigue contra la Universidad Alas Peruanas (UAP) se detectó un “desequilibrio patrimonial”, pero no así un desbalance patrimonial, como postuló el fiscal Wilson Salazar Reque para justificar la incautación de 37 inmuebles de la casa de estudios.

El fiscal Salazar denunció por lavado de activos a la actual administración de la UAP, cuando lo cierto es que fue la familia Ramírez, bajo la conducción del exrector y exgerente de la familia Fidel Ramírez Prado, la que expolió los recursos de la universidad.

Los peritos contables del Ministerio Público, Claudia Menéndez Velásquez y Denis Aguinaga Vidarte, en su informe final no reportaron desbalance patrimonial.

En la sección ‘Conclusiones’ del informe, los peritos señalan:

“Determinar la existencia o no de un desbalance patrimonial en los investigados y las personas jurídicas involucradas, movimientos inusuales o sospechosos que evidencian el origen lícito o ilícito de dinero que poseería la presunta organización criminal. Se ha determinado contablemente que la persona jurídica Universidad Alas Peruanas en el año 2000 ha incurrido en un estado de desequilibrio patrimonial”.
En ninguna parte, los peritos reportaron el hallazgo de una situación de desbalance patrimonial, que es completamente diferente.

“El ‘desequilibrio patrimonial’ es una situación contable frecuente que no implica irregularidad por sí misma, mientras que el ‘desbalance patrimonial’ se asocia con el incremento oculto del patrimonio y puede servir como indicio en investigaciones de delitos como el lavado de activos”, señaló el letrado en derecho patrimonial Martín Mejorada.

“La situación de desequilibrio patrimonial de la UAP únicamente en el año 2000 no representa una anomalía, dado que puede explicarse por factores legítimos como la expansión inicial de la institución, entre tantas otras razones lícitas. Incluso si existiera un desbalance patrimonial, no tendría valor como indicio de delito porque se puede justificar el origen de los fondos, tal como lo señala el propio informe pericial (del Ministerio Público) al analizar la adquisición de propiedades de la UAP”, señaló Mejorada.

“En conclusión, el ‘desbalance patrimonial’ es una situación completamente diferente al ‘desequilibrio patrimonial’ que la UAP presentó en el año 2000, lo que no tiene relación con delitos, sino que es parte de la vida económica de las sociedades”, indicó el experto.

El 11 de abril del 2023, a solicitud del fiscal de lavado de activos Wilson Salazar Reque, se ejecutó la orden del juez Víctor Zúñiga Urday de incautación de los inmuebles de la UAP. En tiempo récord, las propiedades pasaron a disposición del Programa Nacional de Bienes Estatales (Pronabi), que distribuyó los inmuebles a entidades públicas.

Sin embargo, un año después, en la primera semana de abril del 2024, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la decisión del juez Zúñiga por no haber sustentado adecuadamente la incautación y le ordenó que emita un nuevo pronunciamiento.

Pero el fiscal Wilson Salazar Reque ya no está a cargo del caso. Ha sido derivado a otro despacho.

Por su parte, el juez Víctor Zúñiga, quien había anunciado a La República que se pronunciaría en breve sobre el requerimiento de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, presentó una declinatoria a su designación como titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

El magistrado Víctor Zúñiga le indicó a este periódico que resolvería “en el más breve plazo” el caso de la anulación de la incautación de los bienes de la UAP.

Sin embargo, como se ha mencionado, el juez al mismo tiempo pidió no continuar en el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.

Pero el 8 de enero, la presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, desestimó su pedido y dispuso que el juez Víctor Zúñiga continúe en el despacho.

Por lo tanto, el magistrado deberá pronunciarse sobre la incautación teniendo en cuenta las conclusiones a las que arribó el informe pericial.

El Peritaje

Informe pericial detectó "desequilibrio patrimonial", mas no "desbalance patrimonial", como denunció la Fiscalía.