Congreso aprueba modificar la Ley de Extinción de Dominio: reforma permitiría a corruptos quedarse con bienes ilícitos
Con 42 votos a favor —entre ellos, los de parlamentarios de Perú Libre y Fuerza Popular—, 25 en contra y 10 abstenciones, la norma fue finalmente aprobada.
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Decisión ratificada. Pese a las advertencias de diversos expertos, el Congreso de la República aprobó en segunda votación la modificación a la Ley de Extinción de Dominio. Con 42 votos a favor —entre ellos, los de parlamentarios de Perú Libre y Fuerza Popular—, 25 en contra y 10 abstenciones, la norma fue finalmente aprobada.
La reforma propone modificar el Decreto Legislativo 1373 para exigir una sentencia penal firme como requisito para la incautación de bienes y eliminar la obligación del investigado de demostrar la legalidad de sus bienes al iniciarse una investigación fiscal. Actualmente, en los procesos de extinción de dominio, el poseedor debe probar la legalidad del bien, pero con esta reforma esa exigencia desaparecería. Asimismo, la iniciativa plantea excluir delitos como corrupción, lavado de activos y crimen organizado del ámbito de aplicación de la norma, lo que podría beneficiar a políticos investigados como Vladimir Cerrón, Fredy Hinojosa, entre otros.

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Durante el debate, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, propuso someter a votación una cuestión previa para que el proyecto regresara a su comisión y fuera analizado con mayor cautela. No obstante, la solicitud fue rechazada por sus colegas parlamentarios. Por su parte, Sigrid Bazán, congresista del Bloque Democrático Popular, aseguró que la medida generaría un daño contra el Estado: "Que el Estado renuncie a su capacidad de perseguir estos bienes de origen ilícito de otras materias sería un gravísimo retroceso (...)", señaló la parlamentaria.
Poder Judicial y Fiscalía se opusieron a reforma de la Ley de Extinción de Dominio
La eventual aprobación en segunda votación de la modificación a la ley de extinción de dominio podría generar consecuencias preocupantes, advertía entonces el Ministerio Público. Entre los efectos señalados se encuentran la posibilidad de que personas involucradas en actos de corrupción conserven bienes obtenidos de manera ilegal, así como una menor capacidad del Estado para recuperar estos activos. Esto, a su vez, impactaría negativamente en la economía nacional y desalentarían las inversiones en el país, contribuyendo a un clima de impunidad frente a delitos graves.
El Poder Judicial también ha manifestado su rechazo ante esta reforma. A través de un comunicado, expresó su inquietud por los cambios propuestos, argumentando que estos vulneran compromisos asumidos por el Perú en la lucha contra el crimen organizado a nivel internacional. Si bien reconocen la intención de mejorar los procedimientos relacionados con la recuperación de bienes de origen ilícito, consideran que las modificaciones carecen de rigor técnico y podrían debilitar una herramienta clave contra actividades delictivas como la corrupción, el lavado de dinero y el narcotráfico.
Uno de los cambios más controvertidos es la eliminación del requisito de que el acusado justifique la procedencia legal de sus bienes. Y es que, como se mencionaba anteriormente, con la reforma, bastaría con que el fiscal presente indicios de origen ilícito, pero la extinción de dominio solo procedería si existe una sentencia penal firme. Esto limitaría su aplicación y excluiría casos relacionados con infracciones administrativas, como delitos ambientales. Además, se establecería un periodo de prescripción de apenas cinco años, lo que podría favorecer a quienes buscan ocultar bienes ilegales por medio del paso del tiempo.