Si tienes deudas en Perú, estos son los bienes que no pueden embargarte, según el Código Civil 2025
El Código Civil peruano protege ciertos bienes del embargo, ofreciendo tranquilidad a quienes enfrentan deudas. Conocer tus derechos es clave para resguardar tus propiedades personales.
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Las deudas suelen ser una gran preocupación para las personas que presentan dificultades en el pago de sus préstamos. Por esto, es fundamental conocer qué bienes están protegidos por el Código Civil peruano ante un posible embargo. Esta información resulta crucial para garantizar la protección legal de los bienes y objetos personales.
Si se decide optar por la vía judicial para exigir el pago de deudas, es fundamental conocer que el Código Civil especifica cuáles bienes son inembargables. A continuación, te proporcionamos información clave sobre estos activos que no pueden ser objeto de embargo, para que estés debidamente informado y preparado ante cualquier situación que pueda surgir.
¿Cuáles son los bienes que no pueden embargarte por tener deudas, según el Código Civil?
El Código Civil peruano establece que ciertos bienes del deudor están exentos de ser embargados, lo que significa que no pueden ser utilizados para saldar deudas. Entre estos bienes o patrimonios se encuentran:
- Bienes constituidos en patrimonio familiar: Solo las dos terceras partes pueden ser embargables.
- Prendas de uso personal: No pueden ser embargadas las prendas de estricto uso personal, así como libros y alimentos básicos.
- Herramientas y utensilios: Los vehículos, maquinarias y herramientas indispensables para el ejercicio de un oficio no son embargables.
- Remuneraciones y pensiones: Las remuneraciones y pensiones que excedan las cinco Unidades de Referencia Procesal están protegidas.
- Pensiones alimentarias: Estas también son consideradas inembargables.
- Muebles de templos religiosos: No pueden ser objeto de embargo.
- Sepulcros: La protección se extiende a los sepulcros.
- Pago de la CTS: Este solo puede ser embargado en caso de alimentos hasta el 50%.
¿Las deudas bancarias pueden prescribir en el Perú?
El Código Civil peruano establece que las deudas prescriben después de 10 años. Este período implica que, una vez transcurrido este lapso, las deudas ya no podrán ser exigidas judicialmente. Sin embargo, es importante resaltar que este plazo se refiere exclusivamente a la posibilidad de reclamar legalmente el pago y no a la visibilidad de la deuda en los registros de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Es decir, aunque la deuda con el banco no podrá ser reclamada judicialmente después de 10 años, seguirá apareciendo como deudor en los registros hasta que se salde la deuda.
¿La municipalidad puede embargar tu vivienda por tener deudas con el impuesto predial?
En situaciones de deuda por impuesto predial, es crucial comprender que la municipalidad no puede desalojarte de tu vivienda de manera inmediata. En primer lugar, se te enviarán notificaciones y solicitudes de pago para mantenerte informado sobre la situación. En caso de no responder a estas comunicaciones, se dará inicio a un proceso administrativo que finalizará con la emisión de una ordenanza coactiva. Es fundamental cumplir con las obligaciones tributarias para evitar posibles sanciones y complicaciones legales.
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