Utilidades 2025: esta es la fecha máxima que tienen las empresas para pagar el beneficio a sus trabajadores, vía Sunafil
Las utilidades son un beneficio esencial para los trabajadores del sector privado en Perú. Se distribuyen de las ganancias empresariales y se pagan en un plazo máximo tras la declaración de impuestos.
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Las utilidades constituyen un beneficio económico fundamental para los trabajadores del sector privado en el Perú. Este pago proviene de las ganancias netas generadas por las empresas y está regulado por la Ley de Utilidades, con el propósito de distribuir una parte de los ingresos empresariales entre sus colaboradores.
Cada año, miles de empleados aguardan la fecha de pago de las utilidades para organizar sus finanzas. En este artículo, te informamos sobre la fecha máxima en la que se abonarán las utilidades en 2025, cómo se determinan los montos, quiénes son elegibles para recibirlas y qué sanciones enfrentan las empresas que incumplan con esta obligación.
¿Cuál es la fecha máxima en la que deben pagar este beneficio a los trabajadores en 2025?
De acuerdo con la normativa vigente, las empresas que generan rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir las utilidades entre sus trabajadores dentro de un plazo máximo de 30 días calendario después de haber presentado la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Este pago corresponde a las ganancias netas obtenidas por la empresa en el ejercicio fiscal anterior y debe realizarse en estricto cumplimiento de los plazos establecidos por la ley. En caso de incumplimiento, la empresa puede ser sancionada con multas e intereses moratorios a favor de los trabajadores afectados.
En la práctica, esto significa que el plazo máximo para la distribución de las utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2024 vence el 15 de mayo de 2025. Dentro de este período, las empresas deben calcular, distribuir y depositar los montos correspondientes a cada trabajador conforme a los criterios de reparto establecidos en la legislación.

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Estos trabajadores recibirán el pago de utilidades en Perú en 2025, según Sunafil
Para acceder al beneficio de las utilidades, los trabajadores deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por la normativa vigente. En primer lugar, deben haber laborado en una empresa del sector privado que genere rentas de tercera categoría, es decir, aquellas que realizan actividades económicas con fines de lucro y están sujetas al pago del Impuesto a la Renta.
Además, la empresa debe contar con más de 20 trabajadores durante el ejercicio fiscal correspondiente. Esto significa que las pequeñas empresas con una plantilla menor a esta cantidad no están obligadas a repartir utilidades entre sus empleados. Otro requisito es haber estado en planilla durante el periodo en cuestión, sin importar la modalidad del contrato. Esto incluye a trabajadores con contratos indeterminados, temporales o a plazo fijo, siempre que hayan prestado servicios de manera formal dentro de la empresa.
Así puedes calcular el monto de utilidades que te corresponde en 2025
Para calcular el pago de utilidades, las empresas deben seguir un procedimiento basado en la normativa vigente. En primer lugar, se debe determinar la utilidad imponible de la empresa, es decir, las ganancias netas obtenidas durante el ejercicio fiscal después de deducir los impuestos y otros gastos establecidos por ley.
Luego, se aplica el porcentaje correspondiente según el sector económico al que pertenece la compañía. Este porcentaje varía y está determinado por la legislación para cada rubro empresarial.
Una vez definido el monto total a distribuir, se divide en dos partes iguales:
- 50 % en función de los días laborados, asignando una proporción del monto total en base al tiempo efectivamente trabajado por cada empleado.
- 50 % según la remuneración percibida, distribuyendo el pago en relación con el sueldo anual de cada trabajador.
Es importante señalar que el monto máximo de utilidades que un trabajador puede recibir no puede superar el equivalente a 18 sueldos mensuales.
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