Vivienda

Conoce cuánto es el área mínima para la construcción de una vivienda de interés social, vía Ministerio de Vivienda en Perú

El Ministerio de Vivienda ha presentado un nuevo proyecto de reglamento para la vivienda de interés social, introduciendo cambios clave en las políticas habitacionales del país. 

Módulos habitacionales deben tener un área mínima de 40m2. Foto: La República
Módulos habitacionales deben tener un área mínima de 40m2. Foto: La República

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Perú (MVCS) ha presentado un nuevo proyecto de reglamento para la vivienda de interés social, introduciendo cambios clave en las políticas habitacionales del país. Según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N.º 008-2025-VIVIENDA, se han establecido nuevas disposiciones sobre las áreas mínimas que deben cumplir las viviendas destinadas a los sectores más vulnerables.

Entre las medidas más destacadas, el reglamento propone que los departamentos destinados a vivienda de interés social cuenten con un área mínima de 40 metros cuadrados (aproximadamente 430 pies cuadrados). Por otro lado, las viviendas unifamiliares construidas en lote propio deberán tener al menos 35 metros cuadrados (377 pies cuadrados).

Estas modificaciones buscan garantizar que las viviendas sociales sean espacios dignos y funcionales, alineándose con los estándares de calidad de cualquier otra vivienda. De este modo, se eliminan interpretaciones previas que permitían la construcción de viviendas con áreas menores, reforzando el compromiso del Estado con la habitabilidad y el bienestar de las familias de bajos ingresos.

Impacto en la producción de viviendas y subsidios estatales

El arquitecto Aldo Facho advirtió que este aumento en el área mínima podría incrementar los costos de producción de viviendas de interés social. Según el especialista, esto podría afectar la viabilidad de los proyectos inmobiliarios dirigidos a sectores vulnerables, lo que requeriría un ajuste en los subsidios estatales para mantener la accesibilidad.

Entre los subsidios que podrían verse impactados están el Bono Familiar Habitacional y el Bono del Buen Pagador, ambos financiados por el Fondo MiVivienda. Facho subrayó la importancia de evaluar un incremento en estos apoyos económicos para no comprometer el acceso a viviendas asequibles para las familias de menores recursos.

Fiscalización y desafíos en la implementación

El nuevo reglamento, en su Artículo 16, asigna al Ministerio de Vivienda la responsabilidad de fiscalizar que las viviendas de interés social cumplan con su propósito. No obstante, Facho señaló que esta tarea podría ser difícil de ejecutar debido a la limitada presencia territorial del ministerio, que opera principalmente desde Lima.

Ante este reto, el especialista recomendó descentralizar la fiscalización, delegando parte de esta responsabilidad a los municipios distritales y provinciales. Para ello, sería fundamental asignar recursos adicionales a estos gobiernos locales, permitiéndoles contratar personal capacitado y asegurar un control efectivo sobre los proyectos de vivienda.

Actualización de parámetros urbanísticos

El reglamento también exige que los gobiernos provinciales actualicen sus parámetros urbanísticos para facilitar el desarrollo de viviendas de interés social. Esta medida busca adaptar la normativa urbana a las nuevas disposiciones, permitiendo un crecimiento ordenado y eficiente de los proyectos habitacionales.

Con estas modificaciones, el Ministerio de Vivienda busca no solo mejorar la calidad de las viviendas sociales, sino también promover un desarrollo urbano inclusivo que responda a las necesidades de las familias peruanas más vulnerables.

Este proyecto de reglamento aún está en proceso de revisión y se espera que en las próximas semanas se recojan aportes de diversos sectores para su implementación definitiva.