Sociedad

Año escolar 2025: estos son los cobros que los colegios tienen prohibido exigir y si lo hacen podrían ser sancionados por Minedu

El Ministerio de Educación iniciará un proceso administrativo y sancionará a las instituciones públicas y privadas que realicen actos irregulares durante el proceso de matrícula escolar 2025.

La matrícula no puede estar condicionada a la compra de útiles escolares. Foto: composición LR/Andina
La matrícula no puede estar condicionada a la compra de útiles escolares. Foto: composición LR/Andina

El Ministerio de Educación (Minedu) anunció que los colegios públicos y privados tienen prohibido realizar ciertos cobros a los padres de familia durante la matrícula de los menores. En esa línea, exhortó a los directivos de las instituciones educativas de Lima cumplir con las normas que regulan este proceso del Año Escolar 2025, con el fin de asegurar el respeto y derecho de los estudiantes.

En respaldo al Minedu, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) se encargará de supervisar si los colegios privados cumplen con sus obligaciones frente al inicio del año escolar 2025 y no realizan ninguna acción irregular. A continuación, se expondrán los cobros que las entidades educativas están prohibidas de realizar, sean públicas o privadas.

 La matrícula es colegios públicos es gratuita

La matrícula es colegios públicos es gratuita. Foto: Andina

Cobros que los colegios no pueden hacer a los estudiantes, según Minedu

El Minedu señaló que las instituciones públicas no pueden realizar el cobro de la matrícula, debido a que dicho proceso de inscripción es gratuito. Además, señaló que este registro no puede estar condicionado a:

  • Pruebas de admisión previo al ingreso
  • Compra de materiales escolares, útiles y demás.
  • Pago de donaciones, aportes, cuotas de Apafa.
  • Entrega de documentos adicionales a los solicitados en la matrícula.
El cobro de matrícula en colegios privados se realiza por única vez al ingreso del estudiante

El cobro de matrícula en colegios privados se realiza por única vez al ingreso del estudiante. Foto: Andina

En cuanto a los colegios privados, el proceso de matrícula y los pagos deben de estar en el Reglamento Interno de la institución. Según Indecopi, las casas de estudios privadas solo pueden realizar estos 3 cobros:

  • Cuota de ingreso: por única vez al ingreso del alumno al colegio privado.
  • Matrícula: el cobro se realiza al inicio del Año Escolar 2025 para asegurar la inscripción del menor. Además, el monto no debe exceder el valor de una pensión mensual.
  • Pensión de enseñanza: se cobra de manera mensual por los servicios educativos prestados. Las instituciones no pueden realizar el cobro de pensiones por adelantado.

Además, estos cobros deben ser informados a los padres de familia 30 días antes de la presentación de solicitudes de vacantes.

Por último, Indecopi señala que los colegios tienen prohibido realizar el cobro de cuotas extraordinarias o por cualquier otro concepto distinto a los autorizados como, por ejemplo, rifas, bingos, entre otros.

Sanciones a colegios por realizar cobros indebidos

Indecopi informó que los colegios al realizar cobros indebidos infringen los derechos de los consumidores y, por lo tanto, podrían ser sancionados aproximadamente con hasta 450 UIT, que equivale a S/2 407 500. Por su parte, el Minedu, por medio de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, señaló que iniciará procesos administrativos en contra de las entidades educativas que realicen dichos actos irregulares.

También, indicó que los padres de familia pueden denunciar al número de WhatsApp 988-462-118 o 959-619-107 o al correo electrónico: soporte-matricula@drelm.gob.pe. A su vez, Indecopi señaló que los familiares, también, pueden presentar sus reclamos o quejas al siguiente correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe. Además, pueden informar al respecto al llamar a los números: 01 224 7777 para Lima y 0 800 4 40 40 para provincias.

Incluso, pueden solicitar el Libro de Reclamaciones al colegio. Ante ello, las instituciones están obligadas a dar respuesta al reclamo o queja en un plazo máximo de 15 días hábiles improrrogables.

Cronograma de matrícula para Año Escolar 2025, según Minedu

Estas son las fechas de matrícula escolar 2025, según el Minedu:

  • Presentación de Solicitudes: del 16 de diciembre al 3 de enero de 2025
  • Revisión de solicitudes: del 6 al 17 de enero de 2025
  • Asignación de vacantes: del 20 al 28 de enero de 2025
  • Registro en el Siagie: del 29 de enero al 12 de febrero de 2025
  • Entrega de documentos: del 13 al 28 de febrero de 2025.

Indecopi sobre la compra de útiles escolares

Indecopi aclaró que los colegios no pueden exigir la compra y entrega total de los útiles escolares el primer día de clases, ni pedir los materiales que no sean necesarios para el aprendizaje de los alumnos. Asimismo, informó que el plazo de entrega de materiales no puede ser menor a 30 días calendario posteriores al inicio de clases. Por último, señaló que los colegios no pueden exigir la compra de uniformes o útiles en lugares específicos, señalados con exclusividad por la institución.