Corte rechaza apelación de Trump y confirma prohibición de deportar migrantes bajo ley de 1798
Una corte de Estados Unidos bloqueó el uso de una ley de 1798 por parte del gobierno de Trump para deportar migrantes. La decisión frena temporalmente los vuelos de expulsión, incluyendo uno con venezolanos enviados a una megacárcel en El Salvador.
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Una corte federal de apelaciones en Estados Unidos rechazó el recurso interpuesto por Donald Trump que buscaba revocar una orden judicial que le impedía utilizar una norma de más de dos siglos para expulsar migrantes. La administración había invocado la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para justificar deportaciones sumarias de ciudadanos venezolanos acusados, sin pruebas formales, de pertenecer al Tren de Aragua.
El fallo, con una votación 2 a 1, desautorizó el uso de una figura legal históricamente reservada para escenarios bélicos, con el argumento de que su aplicación en un contexto migratorio carece de sustento constitucional. El intento de Trump de enviar a decenas de venezolanos a una prisión salvadoreña sin acceso a defensa legal encendió las alarmas entre juristas y defensores de derechos humanos, y ha derivado en una controversia judicial de alto impacto político.
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La apelación de Donald Trump
La administración de Trump recurrió ante el tribunal de apelaciones para revertir la decisión del juez federal James Boasberg, quien había bloqueado los vuelos que transportaban migrantes a El Salvador. Según el presidente, los ciudadanos venezolanos vinculados al grupo delictivo Tren de Aragua debían ser considerados enemigos extranjeros. Su orden ejecutiva ordenaba la detención, restricción y expulsión de cualquier no ciudadano mayor de 14 años con presuntas conexiones con la organización criminal, sin necesidad de una condena previa ni audiencia.
El gobierno alegó que su autoridad para ejecutar deportaciones se sustentaba en la amenaza a la seguridad nacional que representa la supuesta infiltración de grupos violentos a través de la frontera sur. Justificó sus acciones bajo la prerrogativa de la Ley de Enemigos Extranjeros, vigente desde 1798, la cual permite al Ejecutivo actuar contra ciudadanos extranjeros vinculados a estados enemigos durante conflictos armados.
Sin embargo, los hechos demostraron una aplicación selectiva y arbitraria. De acuerdo a un informe de The Independent, documentos judiciales presentados por la propia administración admitieron que muchas de las personas enviadas a El Salvador no tenían antecedentes penales ni vínculos con el Tren de Aragua. Algunos de ellos estaban en Estados Unidos de forma regular, con audiencias de asilo pendientes, y otros incluso habían recibido permisos legales para permanecer en el país.
Corte presenta argumentos contra apelación de Trump
La jueza Karen Henderson, designada por el expresidente George H.W. Bush, redactó la opinión mayoritaria del tribunal. En ella, explicó que el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros requiere que Estados Unidos se encuentre en guerra, o bajo una invasión o incursión depredadora. La inmigración irregular, señaló, no constituye una amenaza militar ni puede considerarse una agresión por parte de un Estado-nación extranjero.
Henderson también criticó el uso manipulativo del término “invasión”, al que Trump recurrió para justificar su política. Calificó como “tergiversación de tercer orden” la interpretación del mandatario, que pretendía forzar el lenguaje legal a una situación que no corresponde a la realidad ni al espíritu de la norma.
La jueza Patricia Millett, nombrada por Barack Obama, suscribió una opinión concurrente aún más dura. Afirmó que la estrategia del gobierno buscaba eliminar el debido proceso, al permitir que personas señaladas sin evidencia fueran expulsadas sin notificación, sin derecho a audiencia ni posibilidad de defensa legal. Advirtió que aceptar tal argumento pondría en riesgo los principios fundamentales del sistema judicial estadounidense.
Ambas juezas coincidieron en que permitir esas deportaciones abriría la puerta a un abuso de poder sin precedentes. Además, criticaron el intento del gobierno de bloquear el acceso a pruebas mediante el llamado “privilegio de secreto de Estado”, una maniobra que impide al tribunal revisar evidencias por supuestas razones de seguridad nacional.