Economía

Si formaste parte de las listas 1 a 19 del Fonavi, podrías estar incluido en el Reintegro 3: verifica si estás en el padrón de beneficiados

Esta nueva fase de reintegros del Fonavi se desarrolla bajo criterios actualizados y prioriza perfiles vulnerables previamente reconocidos en procesos de pago anteriores.

Exaportantes del desaparecido Fonavi pueden acercarse a cobrar en cualquier agencia del Banco de la Nación. Foto: Andina/LR
Exaportantes del desaparecido Fonavi pueden acercarse a cobrar en cualquier agencia del Banco de la Nación. Foto: Andina/LR

Desde el 11 de abril de 2025, se habilitó una nueva fase del proceso de devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), que contempla a un conjunto adicional de beneficiarios. Esta etapa corresponde al denominado Tercer Grupo de Reintegro, autorizado mediante Resolución Administrativa Nº 009-2025/CAH-Ley Nº 29625, la cual fue emitida por la Comisión Ad Hoc encargada de administrar la ejecución de los pagos. La medida está orientada a complementar la restitución parcial previamente realizada a exaportantes incorporados en los primeros 19 grupos de pago.

El proceso, que sigue los lineamientos establecidos por la Ley Nº 29625 y sus modificatorias, prioriza a personas mayores, ciudadanos con discapacidad, pacientes con enfermedades graves o terminales y herederos de fonavistas fallecidos. Para facilitar la verificación, los interesados pueden realizar la consulta a través del portal oficial habilitado por la Secretaría Técnica, ingresando su número de documento nacional de identidad.

Si estuve en las listas 1 al 19, ¿puedo integrar el tercer grupo de reintegro del Fonavi en 2025?

La Resolución Administrativa Nº 009-2025/CAH-Ley Nº 29625 establece que el Tercer Grupo de Reintegro está conformado por exaportantes que ya fueron beneficiarios de los primeros 19 grupos de devolución. Este nuevo padrón incluye a personas que, al 31 de marzo de 2025, tengan 70 años o más; fonavistas fallecidos que habrían alcanzado los 90 años; y quienes acrediten discapacidad o enfermedad grave, según los registros del CONADIS, ONP u otras fuentes oficiales.

Para la integración en esta etapa, se tomó como base el CERAD (Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista), documento que valida los aportes efectuados. La selección se realizó conforme a criterios previamente establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 29625, reformulado por el Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, asegurando que los pagos anteriores sean considerados como anticipos o pagos a cuenta.

Cómo consultar con DNI si estás en el padrón de beneficiarios del Fonavi 2025

Para saber si se forma parte de este nuevo grupo, los interesados deben acceder al módulo de consulta implementado por la Secretaría Técnica. La plataforma está disponible en la página oficial del Fonavi. Una vez en el sitio web, se debe seleccionar la opción correspondiente al "Tercer Grupo, reintegros-abril 2025", ingresar el tipo y número de documento, completar el código de verificación y hacer clic en "Enviar".

El sistema validará los datos ingresados y mostrará si la persona está habilitada para recibir el reintegro. Adicionalmente, se puede obtener el CERAD, ya sea de manera virtual con la clave SIFONAVI o de forma presencial en las plataformas de atención del FONAVI.

Montos mínimos, máximos y condiciones para el cobro del Reintegro 3 del Fonavi

El monto total autorizado para esta fase del Fonavi asciende a más de 600 millones de soles, destinado a un total de 189.826 beneficiarios. Los valores individuales oscilan desde S/ 40.00, considerado como el mínimo para esta etapa, hasta montos superiores a los S/ 10.000, según los aportes validados y actualizados con la Tasa de Interés Legal Efectiva, conforme a lo dispuesto por el Reglamento vigente.

El pago se realiza a través del Banco de la Nación, que coordina la atención con base en la información remitida por la Secretaría Técnica. Para ello, el beneficiario debe identificarse y suscribir los documentos exigidos. En caso de herederos, se requiere la acreditación correspondiente conforme a lo estipulado en la Ley.

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