Fonavi 2025: este es el orden de prioridad entre los herederos de fonavistas fallecidos para cobrar devolución de aportes en Perú
La el proceso de devolución avanza con la entrega a beneficiarios y herederos en 2025. Se estima que la Lista 21, que se encuentra vigente, está integrada por más de 98.000 fonavistas.
- Reintegro 3: estos beneficiarios del Fonavi no podrán cobrar en abril la devolución de aportes en Banco de la Nación
- BCP elimina requisito para retiros en cajeros automáticos en Perú: conoce el monto máximo sin comisiones

El proceso de reembolso de aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) avanza y en 2025 se continuará con la distribución de fondos a los beneficiarios que formen parte del padrón de Reintegro 3. En este contexto, miles de exaportantes y sus herederos tendrán la oportunidad de reclamar los montos acumulados.
Una problemática surge a raíz de la avanzada edad de muchos exaportantes, lo que provoca que algunos de ellos fallezcan sin haber recuperado el capital invertido. En este contexto, los familiares de los fonavistas que han fallecido tienen la posibilidad de acceder a los aportes acumulados sin requerir la presentación de un testamento, lo que representa una alternativa para asegurar que los herederos accedan a estos recursos.
¿Cuál es el orden de prioridad entre los herederos de fonavistas fallecidos?
Los herederos de los fonavistas fallecidos tienen la posibilidad de solicitar la devolución de los fondos, conforme a un orden de prelación determinado por la Comisión Ad Hoc del Fonavi. Esto implica que la reclamación se realiza según la cercanía del reclamante con el difunto, lo que tiene como objetivo garantizar una distribución justa y prevenir disputas entre los potenciales beneficiarios.
Además, es importante destacar que este procedimiento no exige la presentación de un testamento ni la realización de una sucesión intestada. Te mostramos cuál es la jerarquía establecida entre los familiares.
- Cónyuge o conviviente
- Hijos
- Padres
- Hermanos
- Otros herederos designados en testamento
¿Cuáles son los documentos que herederos de fonavistas fallecidos necesitan?
El primer procedimiento que debe realizar el heredero consiste en confirmar si el fonavista fallecido figura en las listas actualizadas. Esta verificación se puede realizar a través de la página web de la Secretaría Técnica de Fonavi. Una vez completada esta etapa, el familiar deberá acudir a una de las sucursales del Banco de la Nación, en donde tendrá que tener su Documento Nacional de Identidad (DNI), una declaración jurada que respalde su condición de beneficiario y la partida de defunción del fonavista. La documentación necesaria incluye:
- Cónyuge o conviviente: partida de matrimonio o declaración de unión de hecho.
- Hijos: partida de nacimiento donde figura el nombre del titular.
- Padres: partida de nacimiento del beneficiario fallecido.
- Hermanos: partidas de nacimiento del fonavista y del hermano solicitante.
- Otros herederos: testamento o sucesión intestada, si corresponde.
¿Cómo verificar el cobro de la devolución de aportes del Fonavi en 2025?
Para confirmar la inclusión en el padrón de beneficiarios de la Lista 21 de forma virtual, es necesario que sigas estos sencillos pasos:
- Ingresar a la web oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi.
- Ir a la opción 4, denominada 'Consulte AQUÍ si es beneficiario del Primer Grupo de Pago - Diciembre 2024'.
- En tipo de documento, seleccionar cualquiera de las opciones disponibles.
- Digitar el número de Documento Nacional de Identidad.
- Colocar el código captcha.
- Clic en consultar.
- Por último, acercarse a la sede del Banco de la Nación más cercana y hacer efectivo el cobro.