Poder Judicial prohíbe impresión de expedientes electrónicos y transcripción de audiencias virtuales
La impresión indebida de los expedientes que ya se encuentran digitalizados supone un retroceso en la optimización de los recursos y aumento de los costes del servicio
A fin de impulsar la transformación digital, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prohibió a los jueces y personal jurisdiccional imprimir los expedientes electrónicos en los procesos no penales y la transcripción íntegra de las audiencias que han sido grabadas en audio y video, en general, bajo responsabilidad funcional y administrativa, con conocimiento de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
La máxima autoridad administrativa del Poder Judicial, que preside la jueza suprema Janet Tello Gilardi, tomó esta decisión al observar que los magistrados y el personal imprimían los expedientes con los cuales estos se volvían físicos, una mala práctica y un retroceso en contra de todo el esfuerzo y gasto que están realizando para implementar el uso de las nuevas en Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC). Además que eso se prestaba a la corrupción, advirtieron diversos magistrados.
El expediente electrónico se viene implementando en las especialidades laboral, tributario, aduanero, temas de mercado, comercial, civil, familiar, violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar y sobre alimentos para niñas, niños y adolescente. La digitalización de los expedientes permite mayor celeridad en los trámites y procesos judiciales, anulación de posibilidad de extravío de expedientes, accesibilidad en la revisión de los expedientes, transparencia, credibilidad y predictibilidad.
Un retroceso en la digitalización de los expedientes
La impresión de los expedientes genera mayores gastos
De acuerdo con un informe del consejero, juez supremo Ramiro Bustamante Zegarra "en diversos órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, en los cuales se viene implementando el expediente judicial electrónico en procesos no penales, se ha detectado la impresión indebida de los mismos para su tramitación". Además, "se ha advertido que las audiencias grabadas en audio y video también son transcritas en su totalidad".
"Las acciones y/o malas prácticas antes detalladas, representan un retroceso y un atentado contra el objetivo del Plan Estratégico Institucional de Transformación Digital del Poder Judicial, y otros, como la ecoeficiencia, uso eficiente de los recursos y uso de las tecnologías de la información", precisa el informe de Ramiro Bustamante.
Anota que la implementación del Expediente Judicial es "un pilar esencial para el fortalecimiento de la transformación digital en el Poder Judicial", pues "permite garantizar celeridad, transparencia y eficiencia en la resolución de conflictos a cargo de los órganos jurisdiccionales".
Por ello, dice el CEPJ, "resulta pertinente dictar disposiciones que prevengan el retroceso hacia prácticas incompatibles con este modelo, como la impresión indebida de expedientes electrónicos y la transcripción innecesaria de audiencias grabadas, las cuales atentan contra la optimización de los recursos, aumentan los costes del servicio y se afecta la curva de aprendizaje".