PJ ratifica sentencia a favor de Inés Tello y Aldo Vásquez: inhabilitaciones interpuestas por el Congreso son nulas
En 2024, el Pleno del Congreso llevó a cabo este proceso en medio de irregularidades. Con esta decisión, se confirmó la legitimidad de los miembros de la JNJ tras haber sido repuestos en sus antiguos cargos.
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La Corte Suprema ratificó la sentencia a favor de los exconsejeros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello y Aldo Vásquez, y que declara la nulidad de las inhabilitaciones por 10 años impuestas por el Congreso bajo la acusación de haber cometido una presunta infracción constitucional, de acuerdo con la información compartida por el periodista Diego Casimiro. De esta manera, se confirmó que, tanto Tello como Vásquez, pudieron continuar en sus respectivos puestos en la JNJ de manera legítima, tras las irregularidades en las votaciones del Parlamento en marzo del 2024 que buscaban sancionarlos.
"Confirmaron el auto contenido en la resolución N° 009, de fecha 5 de junio de 2024, que declaró improcedente el pedido de suspensión del proceso formulado por el Congreso de la República", se lee en la resolución.

Resolución de la Corte Suprema que ratifica la sentencia a favor de Inés Tello y Aldo Vásquez. Foto: Diego Casimiro
Inés Tello y Aldo Vásquez: ¿por qué los inhabilitó el Congreso?
El Congreso —con el apoyo de Fuerza Popular y Perú Libre—, en marzo del 2024, decidió inhabilitar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello y Aldo Vásquez, por presunta infracción constitucional. En el caso de Tello De Ñecco, el Parlamento sostuvo que se mantuvo como titular de la JNJ debido a que se encontraba fuera del límite de edad previsto en la Constitución Política y el artículo 109 de la Ley Orgánica de la institución.
De acuerdo con los textos que indica la ley, un requisito para ser miembro de la JNJ es tener entre 45 y 75 años. Tello de Ñecco, al momento de ser inhabilitada, tenía 78.

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Sin embargo, en la votación para la inhabilitación de Inés Tello, el congresista José Luna Gálvez (Podemos Perú) votó a pesar de haber sido parte de la Comisión Permanente. Ante esta circunstancia, la magistrada envió una comunicación al entonces presidente del Congreso, Alejandro Soto, en el que indicó que la inhabilitación de Tello es irregular debido al voto de Luna.
Es preciso resaltar que el artículo 89 inciso I) del Congreso y la Constitución Política prohíbe a los miembros de la Comisión Permanente votar cuando se trata de una denuncia constitucional.
Por otro lado, en el caso de Aldo Vásquez, no había alcanzado el mínimo de votos necesarios para su inhabilitación (67, solo habían alcanzado 65), pero se presentó una reconsideración de la votación, por lo que el Pleno pudo sancionarlo tras la alianza del fujicerronismo.
En dicha decisión también emitió su voto el congresista José Luna Gálvez, pese a estar impedido.
Finalmente, el exministro de Justicia fue inhabilitado con 67 votos. La decisión fue clave gracias al apoyo de los congresistas Jorge Flores y Raúl Doroteo, de Acción Popular, así como de Jorge Marticorena, de Perú Bicentenario. Es importante mencionar que Doroteo y Flores están siendo investigados en el caso Los Niños.