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Política

Poder Judicial ratifica que Martín Vizcarra tiene plena libertad para viajar: Fiscal se desistió de apelación

En aplicación de la Ley 32130 que equiparó los plazos de la comparecencia restringida con los de la prisión preventiva. Ex presidente tiene prohibido salir del país y debe asistir a las audiencias del juicio público.

Ex presidente Martín Vizcarra tiene la obligación de asistir a las audiencias del juicio público.
Ex presidente Martín Vizcarra tiene la obligación de asistir a las audiencias del juicio público.

El Poder Judicial, a través de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, declaró firme y consentida la resolución judicial que levantó todas las restricciones a la libertad y de viajes que cumplía el ex presidente Martín Vizcarra, desde marzo de 2021, en la investigación y el juicio público que se le siguen por presuntos delitos de corrupción cuando se desempeñó como Gobernador Regional de Moquegua.

El tribunal de apelaciones tomó esa decisión luego que el despacho del fiscal Germán Juárez desistiera de su pedido para imponer nuevas reglas de conducta y volver a restringir la libertad de movimientos del ex mandatario, en aplicación de la Ley 32130. Dicha norma legal equiparon los plazos de la comparecencia con restricciones con los de la prisión preventiva.

Antes de la ley 32130 no había plazos y las reglas de conducta se mantenía hasta que concluyera el proceso. Ahora, al igual que la prisión preventiva, la comparecencia tiene plazo de 9 meses en casos simples, 18 meses en casos complejos y 36 meses en procesos que se siguen bajo la ley de crimen organizado.

El control difuso y la ley 32130

Juez Ubaldo Callo

Juez Ubaldo Callo

La fiscalía pidió a los jueces que aplicaran control difuso para inaplicar la Ley 32130 por afectar la lucha contra la corrupción y el crimen organizado. El Control Difuso es la facultad constitucional concedida a los jueces para revisar la constitucionalidad de las normas, haciendo prevalecer la Constitución sobre cualquier ley que la contradiga.

En primera instancia el juez Ubaldo Callo Deza, a cargo del Quinto Juzgado Penal Nacional de Investigación Preparatoria concluyó que la ley no era contraria a la Constitución, la Convención de Palermo o la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo que se debía cumplirse.

Además, puntualizó que por el tiempo transcurrido y en el marco de la referida Ley, la comparecencia restringida que cumplía Vizcarra ya había caducado. El juez impuso comparecencia simple a Vizcarra y le recordó su obligación de asistir a todas las audiencias del juicio público y responder cualquier citación de las autoridades.

Pese a eso, la fiscalía apeló la medida. La Sala de Apelaciones programó audiencia para el viernes, 17 de enero a fin de reevaluar el caso. Pero, poco antes de iniciarse la audiencia, la fiscalía presentó un escrito desistiéndose de la revisión del caso. Sin apelación, la resolución del juez de primer instancia quedó firme.

Ex presidente Vizcarra asiste al juicio público

Ex presidente Vizcarra asiste al juicio público

Posteriormente, a fines de diciembre, el juez amplió por otros seis meses el impedimento de salida del país de Vizcarra que vencerá el 4 de julio de 2025, ante la probabilidad que reciba una pena condenatoria en el juicio que se le sigue por el caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.

De viaje

El ex presidente Martín Vizcarra ya no tiene restricciones para viajar por todo el país. Pero, si tiene la obligación de acudir a las audiencias del juicio público. La fiscalía puede pedir que se le imponga prisión preventiva si considera que hay peligro de fuga o de obstaculización del desarrollo del juicio, pero deberá presentar la documentación que sustente esa solicitud.

Vizcarra ha aprovechado el fin de las restricciones de viaje en el territorio nacional para relanzar su campaña política, con visitas a diferentes localidades del país, aunque esta inhabilitado para ejercer función pública. En paralelo, hasta ahora, viene cumpliendo con asistir a las audiencias del juicio público.