Congreso: Perú Libre propone que jueces y trabajadores del Poder Judicial elijan a sus representantes
El proyecto de ley del congresista Waldemar Cerrón modifica el sistema de elección del presidente de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores.
Waldemar Cerrón, integrante de la bancada de Perú Libre, presentó un proyecto de ley que busca modificar el sistema de elección presidente de la Corte Suprema y los titulares de las Cortes Superiores del Poder Judicial. Cerrón Rojas — hermano del prófugo Vladimir — ya cuenta con su iniciativa legislativa en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos en el Congreso.
Actualmente, la Ley Orgánica del Poder Judicial en los artículos N° 74 y 88 del decreto legislativo 767 establece que el presidente de la Corte Suprema es elegido por los vocales supremos titulares por un periodo de 2 años; sin embargo, el parlamentario perulibrista plantea que la elección sea entre todos los jueces titulares del país y que la presidencia sea por un rango 3 años sin lugar a reelección inmediata.
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Proyecto de ley también cuenta con las firmas 6 parlamentarios.
De igual manera, la propuesta legislativa modifica los requisitos para ser elegido presidente de la Corte Suprema y Superiores del Poder Judicial e indica que los servidores públicos podrán elegir también a sus representantes.
Congreso: ¿cuáles son los requisitos para la elección del presidente de la Corte Suprema?
De acuerdo con la información a la que accedió La República, el proyecto de ley de Waldemar Cerrón modificaría tanto el sistema de elección como los requisitos para poder ser elegidos como presidente de la Corte Suprema del Poder Judicial. Entre dichos estándares se encuentran los siguientes:
- La elección del presidente de la Corte Suprema se realiza entre todos los jueces titulares de todo el país
- Para ser elegido juez Supremo se requiere contar con no menos de tres años de antigüedad como juez supremo titular.
- El voto se hace por votación secreta, personal, directa y obligatoria. Los omisos a votación serán sancionados con multa de 2 UIT.
- La elección se realiza el primer jueves del mes de diciembre del año que corresponda y por el periodo de tres (03) años.
- Se proclamará ganador al candidato que obtenga la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos y si ninguno obtiene dicha votación, se procede a la segunda elección, entre los dos que obtuvieron el mayor número de votos.
- La segunda elección se realiza el tercer jueves del mes de diciembre y se proclama ganador a quien obtenga la mayoría. En caso de empate, será electo el candidato con mayor antigüedad, conforme al último párrafo del artículo 221 de esta ley.
Congreso: ¿cuáles son los requisitos para la elección del presidente de las Cortes Superiores?
En tanto, a la elección de los presidentes de las Cortes Superiores, la actual Ley Orgánica del Poder Judicial establece que son los vocales superiores titulares de cada corte respectiva quienes se encargan de la elección por un periodo de dos años; sin embargo, el proyecto de ley de Waldemar Cerrón propone que los servidores públicos también participen de dicho proceso.
- La elección de presidentes de las Cortes Superiores de la república se realiza entre todos los jueces y todos los servidores públicos estables o a plazo indeterminado de la jurisdicción de cada corte superior respectiva.
- Para ser elegido requiere contar con no menos de tres arios de antigüedad como juez superior titular y no hay reelección inmediata.
- El voto se hace por votación secreta, personal, directa y obligatoria. Los omisos a votación serán sancionados con multa de 20% UIT.
- La elección se realizará el primer jueves del mes de noviembre del año que corresponda y por el periodo de tres (03) años.
- Se proclamará ganador al candidato que obtenga la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos y si ninguno obtiene dicha votación, se procede a la segunda elección, entre los dos que obtuvieron el mayor número de votos.
- La segunda elección se realiza el tercer jueves del mes de noviembre y se proclama ganador a quien obtenga la mayoría. En caso de empate, será electo el candidato con mayor antigüedad, conforme al último párrafo del artículo N° 221 de esta ley.
Waldemar Cerrón propuso el proyecto de ley que modifica el sistema de elección en la Corte Suprema y Superiores.