Pedro Castillo es sin duda un personaje extremadamente representativo de un tipo particular de corrupción. Una mezcla de pillaje pernicioso con clientelismo revestido por un remedo de discurso político poblado de lugares comunes. Encuentro que tenía sentido que pierda el gobierno. Resultaba ser una muestra, como también lo es la señora Boluarte, de lo que significa no comprender de qué va eso de ganar las elecciones o hacerse con la presidencia de la república.
Pero la historia del caso Castillo, el que rodea y sigue a su destitución, está conformada también por un innecesario cúmulo de errores y contrasentidos que abren una enorme fisura narrativa. Es una historia que sigue siendo contada poniendo el acento en el golpe de Estado del 7DIC22 cuando su núcleo está formado por practicas de corrupción. En la historia de 7DIC22 la fuga intentada es más importante que el golpe, pero la contamos al revés.
Si revisamos los hechos con cuidado notaremos que en DIC22 Pedro Castillo estaba siendo investigado por corrupción; cercado, intentó fugarse. Para encubrir el sentido de su fuga anunció un golpe de Estado. Pero no pudo fugarse. Y aún no ha sido acusado por corrupción.
Contando las cosas a partir del golpe ponemos la carreta delante de los caballos. Y al hacerlo abrimos el espacio por el que se deslizan el relato de un Castillo que intentó desafiar a la arrogante derecha peruana. Por cierto, la mayoría en el Congreso calza en la definición. Pero la animadversión (real) entre esa mayoría y Castillo no conforma el núcleo duro de esta historia.
El golpe no fue un evento autónomo. No puede ser explicado únicamente en función a la hostilidad (real) que le profesaba la mayoría en el Congreso. Para contarlo es necesario establecer su relación con las investigaciones sobre corrupción que en DIC22 estaban explotando. De lo contrario contamos una historia incompleta.
Quien quiera confirmar que el centro de la escena fue la fuga a México y no el golpe puede consultar las declaraciones de Andrés López Obrador, entonces presidente de ese país, publicadas el 8DIC22. En ellas López Obrador confirma que el asilo estaba asegurado para Castillo. El golpe mismo, en todas sus consecuencias, no, pero el asilo si.
Para DIC22 el Congreso tenían en sus manos dos procedimientos contra Castillo: uno para declararle moralmente incapaz y otro para autorizar que se le lleve a proceso por corrupción en cuanto sea posible hacerlo. El mismo día del golpe, el 7DIC Salatiel Marrufo, uno de sus principales colaboradores en el sector vivienda, contaba a una comisión del Congreso la forma en que el entorno de Castillo usó los proyectos de uno de los fondos de ese ministerio para obtener sobornos. La noticia quedó relegada por el ruido que causó el golpe. Y claro, una de las funciones del golpe era causar este tipo de ruido: pasar a segundo o tercer plano las noticias sobre la corrupción en que se había embarcado el gobierno, sea que el golpe de Estado funcione del todo o no.
Las investigaciones oficiales sobre corrupción comenzaron en MAY24, cuando el entonces Fiscal de la Nación Pablo Sánchez decidió reinterpretar la Constitución y declarar que el presidente en ejercicio podía ser investigado por la fiscalía aunque hubiera que posponer la acusación hasta el final de su mandato. Al hacer esto Sánchez abandonó una tupida historia de decisiones de la Fiscalia de la Nación, que en los últimos 22 años había sostenido exactamente lo contrario: Que si el presidente no podía ser acusado durante su mandato (salvo contadas excepciones) entonces no tenía sentido investigarle. Entre mayo y diciembre un equipo de fiscales y policías dirigidos por Marita Barreto y Harvey Colchado había organizado por lo menos seis casos documentados sobre corrupción que incluían proyectos negociados desde Petroperú y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, nombramientos ilegales y actos de tráfico de influencias. Las declaraciones de Salariel Marrufo cerraban el círculo.
Hasta DIC22 los partidarios de Castillo en el Congreso habían logrado bloquear dos mociones de vacancia, una en NOV21 y otra en MAR22. Para diciembre no había forma de asegurar que el dique construido a su alrededor tuviera resistencia suficiente para soportar la presión que venía. Castillo decidió escapar y cubrir su fuga anunciando un golpe de Estado. El Congreso, notándolo o no, le siguió el juego. La mayoría prefirió presentarse así misma como víctima del golpe antes que asumir el costo que representaría para algunos de sus miembros poner los casos sobre corrupción en el lugar exacto que les correspondía ocupar.
En DIC22 Castillo estaba escapando de los casos por corrupción que le cercaban. El golpe, como evento, debió ser conceptualizado desde esa fuga; como acto de interferencia, no como un evento autónomo o independiente, analizable en el vacío. Castillo lanzó una orden que intentó ser demoledora sobre instituciones concretas y la usó como orden en si misma y también como pretexto narrativo para lograr que la fuga que también intentó no sea apreciada en su verdadera dimensión. El golpe, más allá de representar un delito en una medida o en otra, fue ideado para recubrir la fuga con un discurso que resultara aceptable para sus seguidores. La simulación de un acto político ideado para retrasar, aplazar, postergar o encubrir las discusiones sobre la corrupción que se orquestó desde su gobierno.
Ahora, en MAR25, tenemos ante nosotros un juicio por el golpe de Estado. En el juicio una huelga de hambre y una pesada escena poblada de discusiones circulares que Castillo emplea para negarse a ser juzgado. En DIC22 los debates sobre corrupción fueron aplazados para subordinarlos al golpe de Estado. En MAR25 estamos haciendo exactamente lo mismo.
Siguen los caballos esperando detrás de la carreta.
Director de Azabache Caracciolo Abogados. Abogado especializado en litigios penales; antiguo profesor de la Universidad Católica y de la Academia de la Magistratura. Conduce En Coyuntura, en el LRTV y “Encuentros Muleros” en el portal de La Mula. Es miembro del directorio de la revista Gaceta Penal y autor de múltiples ensayos sobre justicia penal.