Exfiscal de La Libertad es condenado a 8 años de cárcel por pedir S/5.000 para archivar caso: "Tú tienes harta plata"
El sentenciado solicitó el pago a cambio de archivar el caso de una persona acusada de desobediencia a la autoridad. Las conversaciones fueron grabadas por el denunciante como prueba.
Un exfiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de Chepén, región La Libertad, fue condenado por la Segunda Sala Penal Especial de la Corte Suprema a ocho años de cárcel tras ser hallado culpable del delito de cohecho pasivo específico.
En 2017, el sentenciado exigió S/5.000 a un ciudadano para archivar una investigación en su contra por desobediencia a la autoridad. El pago sería a cambio de convocar una audiencia de principio de oportunidad y acuerdo reparatorio.
El denunciante registró en audio varias conversaciones con el exfiscal, donde quedó evidenciada la exigencia del dinero ilícito. En las grabaciones, el funcionario insistía en que el pago era imprescindible para evitar mayores repercusiones legales contra el denunciante.
“Tú tienes harta plata, que sean cinco mil soles, si no te vas a cana porque tú estás en otro proceso. Ve tú, yo te limpio en esta”, indicó el denunciante, según se aprecia en la sentencia divulgada por el portal Pasión por el Derecho.
Transcripción de los audios registrados por el denunciante. Foto: captura/Pasión por el Derecho
Exfiscal exigía el pago de S/5.000. Foto: captura/Pasión por el Derecho
Las grabaciones fueron entregadas a la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público en La Libertad.
Defensa del exfiscal de La Libertad
El exfiscal se defendió y alegó que las pruebas presentadas eran inconsistentes e inválidas. Aseguró que las grabaciones y testimonios incumplían los requisitos de ley, ya que mostraban contradicciones y parecían motivados por animadversión.
En este sentido, la defensa argumentó que las pruebas presentadas eran insuficientes para justificar una condena. Además, sostuvo que el denunciante no podía ser considerado agraviado porque el delito de cohecho pasivo afecta exclusivamente a la administración pública, siendo el Estado el único titular del bien jurídico protegido.
Sin embargo, la Segunda Sala Penal Especial reconfirmó la condena dictada en primera instancia, al considerarla fundamentada. También rechazó los argumentos de la defensa, ya que las pruebas presentadas y expuestas en audiencia acreditaron la responsabilidad del exfuncionario en los hechos denunciados.