Keiko Fujimori: juicio del caso cócteles recibe nuevo golpe. La Corte Suprema excluye a Ricardo Briceño
El ex presidente de la Confiep debería pasar por un nuevo control de acusación que verifique si existe delito previo de lavado de activos
El juicio del caso cócteles recibió otro golpe mortal. Los abogados del expresidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Ricardo Briceño Villena solicitaron al Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional que se ejecute una sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema que dispone que dicho empresario sea excluido del juicio, para que vuelva a pasar por el control de acusación.
La Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema dictó esa sentencia al acoger una demanda de Amparo presentada por los abogados de Briceño contra el fiscal José Domingo Pérez y el juez Víctor Zúñiga Urday.
Los jueces supremos resolvieron que se debe evaluar el archivo de la investigación a Briceño por presunto fraude procesal en la administración de persona jurídica, como delito previo del lavado de activos.
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El abogado de Briceño, Carlos Ríos López solicitó que, vía control de convencionalidad, el tribunal del juicio ejecute esa sentencia, notificada a fines de noviembre de 2024, al reiniciarse la audiencia continuada de este lunes, 13 de enero de 2025 del juicio del caso Cócteles.
Tercer Juzgado Penal Colegiado evalúa el pedido de la defensa de Ricardo Briceño
Tribunal está evaluando la nueva situación
Está previsto que en esta audiencia el tribunal se pronuncie sobre los alcances de la sentencia del Tribunal Constitucional a favor de José Chlimper.
Luego de la intervención de Ríos López, el fiscal José Domingo Pérez solicitó un tiempo prudencial para revisar la sentencia de la Corte Suprema y los escritos de la defensa a fin de fijar su posición.
Luego, del receso, el fiscal Pérez argumentó que la sentencia de la Corte Suprema ya fue ejecutada, en mayo de 2023. El juez Zúñiga Urday la ha declarado improcedente, dijo.
Además, que los jueces no pueden realizar un control de convencionalidad en el caso de Ricardo Briceño, a partir de la ley N° 32153 dictada por el Congreso.
Ríos López argumentó que la sentencia de la Corte Suprema es posterior a cualquier pronunciamiento del juez Zúñiga Urday y que se establece que hay un deficiente control de acusación en este proceso.
El tribunal pasó a un nuevo receso para resolver