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Mexico

¿Estoy obligado a pagar las deudas de mi familiar fallecido? Conoce cuándo aplica y qué hacer, según Condusef

Cuando una persona fallece, sus herederos pueden adquirir diversos bienes, pero también responsabilidades. Revisa qué dice la ley en México sobre las deudas del difunto con bancos y otras entidades.

El destino de las deudas de un fallecido puede depender de la entidad con que las contrajo (financiera, fiscal u otras). Foto: composición LR / Freepik
El destino de las deudas de un fallecido puede depender de la entidad con que las contrajo (financiera, fiscal u otras). Foto: composición LR / Freepik

El fallecimiento de un ser querido trae consigo un cúmulo de emociones y responsabilidades. Entre estas, los beneficiarios deben afrontar la realidad de las deudas que el difunto pudo haber dejado. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclara la situación legal respecto de estas obligaciones financieras en México.

Es importante comprender que las deudas no se extinguen con la muerte del deudor. Sin embargo, los herederos no están obligados a asumirlas, salvo que sean cónyuges o albaceas designados. La Condusef destaca que, aunque las deudas persisten, los beneficiarios cuentan con derechos y opciones para gestionar esta situación de manera efectiva.

¿Los herederos deben pagar las deudas del difunto?

Jesús David Chávez Ugalde, director de Análisis y Estadísticas de Servicios y Productos Financieros, explicó a un medio local que la forma en que se hereda una deuda depende del tipo de servicio financiero adquirido. Por ejemplo, si el difunto tenía un seguro de vida activo, dicho compromiso se liquidará al momento de su fallecimiento. En caso contrario, la responsabilidad de pagar la deuda recae sobre la masa hereditaria, es decir, sobre los bienes que el fallecido dejó.

La Condusef también señala que, en muchos casos, deudas como las de tarjetas de crédito e hipotecas pueden ser condonadas tras el fallecimiento, siempre que no haya existido un periodo prolongado de impago. Además, los seguros de vida preexistentes pueden cubrir estas deudas, facilitando así el proceso de liquidación para los beneficiarios.

En el caso de las deudas fiscales con organismos como el SAT, los familiares del difunto están en la obligación de liquidar dichos compromisos, que podrán ser cobrados por el propio Servicio de Administración Tributaria a través de las cuentas bancarias de los beneficiarios e incluso de embargos y remates de bienes.

¿Qué hacer si mi familiar fallecido tiene deudas?

Los beneficiaria de la persona fallecida deben notificar a las instituciones financieras sobre el fallecimiento del titular de la deuda. Este paso es fundamental para iniciar el proceso de liquidación. Asimismo, es recomendable revisar cualquier seguro de vida existente, ya que esto podría aliviar la carga financiera que recae sobre los herederos. En caso de deudas con el SAT, lo recomendable es avisar sobre el fallecimiento del titular con un aviso de cancelación en el RFC.

Es fundamental que los beneficiarios comprendan que las deudas no desaparecen automáticamente con la muerte del deudor. Estas forman parte de la masa hereditaria y deben ser saldadas con los activos que el fallecido dejó. Por lo tanto, es esencial que los herederos se informen sobre sus derechos y responsabilidades para gestionar adecuadamente esta situación.

Dada la complejidad de las deudas heredadas, se recomienda asimismo buscar asesoría legal. Esto es especialmente importante si surgen complicaciones durante el proceso de liquidación. Un abogado especializado puede ofrecer orientación sobre cómo proceder y asegurar que los beneficiarios cumplan con sus obligaciones sin comprometer su estabilidad financiera.