Informe de la CIDH no es “un informe más”, por Irma del Águila
“La CIDH califica gravísimos hechos (‘ejecuciones extrajudiciales’, ‘masacres’) que son imputables en el Derecho Internacional. Este solo hecho tiene, como veremos, efectos jurídicos y políticos”.

La derecha extremista, castillistas y simples opinantes por franco desconocimiento han pretendido ningunear el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Unos dicen que es “un informe más” que reitera lo ya denunciado en estos meses; otros, que “no es vinculante”.
La CIDH y la Corte Interamericana son “órganos competentes” reconocidos como tales en el Pacto de San José, que es un tratado internacional firmado por el Perú. Cierto, la CIDH no es un órgano jurisdiccional y, por tanto, no emite sentencias (como sí lo hace la Corte), sino recomendaciones.
Segundo. Pero discutir si las recomendaciones de la CIDH son vinculantes o si no lo son es flotar en el espacio sideral, sin fuerza de gravedad. Hay que abordar el asunto con los pies en la tierra, en lo tangible. Sus recomendaciones tienen efectos vinculantes: los Estados americanos que han firmado el Pacto de San José se comprometen a respetar el principio de “buena fe” que los “obliga a tener en cuenta” esas recomendaciones. Es decir, que el manifiesto incumplimiento se considera una seria inobservancia de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Luego está la casuística, que ya es tocar carne: la CIDH como “órgano competente” tiene, entre sus atribuciones, remitir casos a la Corte Interamericana (art. 51 de la Convención). Uno de esos casos, la masacre de Barrios Altos —donde quince personas, incluido un niño de ocho años, fueron asesinadas por miembros del Grupo Colina (1991)—, terminó en una sentencia de la Corte contra el Estado peruano por violación del derecho a la vida de las víctimas, entre otros cargos. El fallo también declaró que las leyes de amnistía aprobadas por el Congreso carecían de “efectos jurídicos”. El caso Barrios Altos, recordemos, fue incluido en el cuaderno de extradición de Alberto Fujimori y en la acusación que concluyó con su condena, a veinticinco años de prisión.

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Así pues, el reciente informe de la CIDH no es “un informe más”, y Dina Boluarte lo sabe. De ahí que presentara un castillo de naipes, razones huecas en un intento por responder sin responder. También lo sabe la fiscal de la Nación que se apresuró en señalar que “trabajaremos sobre las recomendaciones dadas” (otro asunto es que efectivamente lo haga).
En definitiva, el informe de la CIDH sobre la feroz represión en el sur andino es el primer eslabón de un engranaje jurídico que se ha puesto a andar. Y ya no hay vuelta atrás.